Ana Teresa Rill Revé, de la Oficina de Atención a los Trabajadores de la CTC, responde a Maiko Hendrix, interesado en conocer sobre los derechos y el tratamiento que debe recibir un trabajador que se encuentre cumpliendo su servicio social.
“Ahora bien, el empleador debe posibilitarle al recién graduado su adaptación laboral, su preparación complementaria para que pueda desempeñar el cargo que pasará a ocupar en dependencia de la complejidad del trabajo, bajo la supervisión de un tutor designado por la dirección de la entidad.
“La ubicación del graduado debe corresponderse con las necesidades de la producción y los servicios y con los estudios cursados, pero también puede ser ubicado en cargos distintos a su especialidad, aunque no se corresponda con la profesión estudiada.
“Durante la prestación del servicio social el graduado tiene los deberes y derechos que le corresponden a su condición de trabajador.
“Es importante que usted consulte el Capítulo VI de la Ley no. 116 Codigo de Trabajo”. De igual forma el Capítulo VI del Decreto no. 326 Reglamento del Código de Trabajo”.