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De pensiones y jubilaciones

Benito Rey González, direc­tor de Pensiones del Insti­tuto Nacional de Seguridad Social, responde a la lecto­ra María Cárdenas Yanes, quien expuso sus valoracio­nes sobre la diferencia en la cuantía de las pensiones otorgadas con anterioridad a la Reforma General de Sa­larios y las actuales, especí­ficamente en el sector de la Educación.

Consideramos que los argumentos planteados por el funcionario no solo res­ponde a la lectora en cues­tión, sino también a otras personas que nos han hecho llegar sus preocupaciones en torno al tema de la jubila­ción.

“Desde el inicio de la aplicación de la legislación que implementa el Proceso de Ordenamiento Monetario el aspecto relacionado con la transformación de la dis­tribución de salarios y pen­siones, en lo que se refiere a estas últimas se vienen reci­biendo múltiples y variados criterios, así como propues­tas en lo referido a la esca­la aprobada por la Resolu­ción no. 28 de la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, método utilizado en el país para revalorizar estas pres­taciones monetarias.

“Con independencia de las rectificaciones que pue­dan realizarse, donde se valoran los criterios de los beneficiarios y de la pobla­ción en general, resulta ne­cesario tener en cuenta que la seguridad social en nues­tro Modelo Económico es consecuencia del derecho de trabajo.

“En el caso del régimen general que comprende a los asalariados la cuantía de las pensiones depende del salario que se percibe en el momento que se concede y según se ha explicado, los salarios se encontraban dis­torsionados, lo cual impacta en su monto.

“Por otra parte secto­res como la Educación y la Salud han sido estimulados salarialmente, dada la im­portancia de su labor para la sociedad, lo que unido a los cambios más significativos que se introducen en el año 2009, una vez en vigor la Ley 105 de Seguridad Social, al aumentar la edad de jubila­ción y consecuentemente los años de servicios y elimi­nar la degresión salarial, da como resultado montos com­parativamente altos, lo cual en cierta forma se atenuó con los incrementos aproba­dos con anterioridad a la re­forma de pensiones.

“No es posible elevar las pensiones concedidas acor­de a dichos salarios por un problema económico y la irretroactividad de las le­yes. Además, la seguridad social en nuestro Modelo Económico debe contener determinados principios, ta­les como solidaridad social, integridad, equidad y otros que necesariamente tienen que armonizar con el aspec­to económico.

“Así mismo, debe cono­cer que la fuente fundamen­tal de financiamiento de las pensiones es la contribución del empleador, ascendente a un 12,5 por ciento de la nómi­na salarial, la contribución individual del trabajador y de los sujetos protegidos por los regímenes especiales.

“Esta contribución, que forma parte de los ingresos del Presupuesto Nacional no es suficiente para cubrir el gasto de las pensiones, por lo que el Estado asume la dife­rencia, actuando así el apor­te estatal, como una variable que garantiza el equilibrio del sistema.

“Lo anterior no implica que el Estado y el Gobierno revolucionario cubano dejen de reconocer los méritos, el sacrificio, la consagración y la labor desarrollada por los trabajadores del resto de los sectores, que al igual que us­ted lo han dado todo por la Revolución.

“Todo lo contrario, tam­bién se están analizando otras propuestas, cuya apli­cación dependerá de la situa­ción económica del país, ya que no pueden incrementar­se los salarios y las pensio­nes si no se aumenta la pro­ducción de bienes y servicios para satisfacer las necesida­des cada vez más crecientes de la población y evitar la in­flación, que tanto afecta a la economía del país.

“Se respetan y agrade­cen los criterios y propuestas que contribuyan a valorar decisiones en un tema tan sensible y complejo como es la Seguridad Social y que, a su vez, armonicen los intere­ses de las generaciones que con su saber y esfuerzo han participado en la formación de quienes hoy día tienen la responsabilidad de dirigir los destinos del país”.

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