Sancti Spíritus.— Desde hace cuatro décadas Lidia Rodríguez Espinosa labora en la Industria Pesquera de este territorio (Indupir). “Ha sido mi único trabajo. Comencé muy joven. Primero fui procesadora y luego pasé al área de productos conformados, siempre directa a la producción. Nunca he recibido una medida disciplinaria y sí muchos reconocimientos”, comenta orgullosa.
Con un lenguaje sencillo Lidia describe su ejemplaridad laboral, por la que resultó elegida como miembro del consejo de dirección de la Empresa Pesquera Sancti Spíritus (Pescaspir), en aplicación del Decreto Ley 34 del sistema empresarial cubano.
El proceso de selección en predios espirituanos priorizó incorporar a los más destacados o a los catalogados líderes de sus colectivos laborales. En Pescaspir, por ejemplo, se buscó representatividad de las cinco unidades empresariales de base (UEB).
Por su parte, la Empresa Provincial de Correos de Cuba, con unidades extendidas por toda la geografía espirituana, incluyó a dos trabajadores conocedores de los reglamentos de la Unión Postal Universal, de la que es miembro Correos de Cuba.
“Esta actividad es un poco atípica dentro de la gestión empresarial cubana porque responde a servicios universales”, explicó Wilber Pardillo Castañeda, director de Contabilidad y Finanzas de la entidad.
“El Decreto Ley otorga empoderamiento y poder de decisión a la base, un vínculo provechoso para la gestión empresarial”, asegura Orlando de la Cruz Rivadeneira, director adjunto de Pescaspir.
“Son espacios que tradicionalmente han existido en esta empresa y ahora adquirieron legalidad. Un procesador de la industria puede aportar diferentes cortes para obtener un mejor rendimiento. Los pescadores modifican las artes de pesca para lograr mayor productividad en correspondencia al embalse. Ideas que pueden generalizarse y aprobarse con mayor prontitud si llegan directamente al consejo de dirección”, acotó.
La ejemplaridad como premisa
Parecería una verdad de Perogrullo, pero no lo es. Los obreros conforman la base de un colectivo, pues representan la estabilidad, la fortaleza, el sustento de una fábrica, de una gran industria, de una planta tecnológica.
El Decreto Ley 34 del 2021, del sistema empresarial cubano, en su inciso 19.1 asiente la importancia de ese eslabón de la cadena laboral y especifica cómo se conforma el consejo de dirección de una empresa estatal socialista.
Legisla que, además de los principales administrativos de la entidad, lo integran trabajadores de reconocido prestigio tras ser electos de común acuerdo con la organización sindical.
“En un primer momento fue difícil lograr una correcta interpretación del artículo”, aclaró Oslidia López Martín, miembro del Secretariado Provincial de la CTC en Sancti Spíritus. Y aunque se refiere a la particularidad de ese territorio, me atrevo a otorgarle un término nacional a tal criterio.
Tras sobreponerse al impacto inicial, en la provincia se efectuó el proceso en las 71 empresas del territorio y fueron escogidos un total de 229 trabajadores, precisó la dirigente sindical.
“Los temas que se tratan a esa instancia ahora tienen una vivencia más directa de los colectivos. El sindicato es invitado permanente pero no tiene voto en ese espacio, mientras que los trabajadores miembros sí tienen voz, voto y potestad para incidir en las decisiones. Esto hace que las estrategias delineadas por la administración empresarial tengan que estar más apegadas a la realidad, al sentir de la base”, señaló López Martín.
Desde la CTC en Sancti Spíritus se capacitó y se sigue de cerca este proceso. “Las asambleas de presentación del plan de la economía se aprovechan para dar a conocer a estos trabajadores en los colectivos”, dijo López.
El Artículo 19.1 del Decreto Ley 34 del 2021 otorga legalidad a un ejercicio de democracia participativa en el contexto laboral cubano, no para que los elegidos asistan como simples receptores.