Las redes sociales son caldo de cultivo para la infodemia, cuando de derechos se trata. Por supuesto que cada quién tiene su opinión, pero otra cosa es la tergiversación y la manipulación de estos temas.
Como ciudadanía tenemos la responsabilidad de informarnos bien y no formar nuestro criterio sobre la base del desconocimiento, los mitos, prejuicios y la gula malintencionada de quienes desean boicotear este proceso democrático y plural, desde fundamentalismos políticos y religiosos.
Cómo creer en quien para imponer su fake news se basa en argumentos irracionales como: “La psicología es una pseudociencia” o “El Estado nos quiere arrebatar el derecho sobre nuestras hijas e hijos”.
Con solo leerse el Proyecto de Código de las Familias sin sesgo de ningún tipo se podrá advertir que es todo lo contrario: se fortalecen las figuras de la maternidad y la paternidad, su ejercicio responsable en igualdad de derechos y oportunidades en pos de lo más importante: el desarrollo y el bienestar de niñas, niños y adolescentes. ¿Acaso no es eso lo que queremos para nuestros retoños, que sean seres humanos plenos, dignos, respetados y amados?
Pero, si no le es suficiente esta excelente propuesta de ley, haga una búsqueda básica en Wikipedia del concepto de patria potestad. Encontrará sobre sus orígenes en el Derecho romano, que establecía “el poder exclusivo del padre (pater familiae) sobre los hijos, integrándose con el poder que el pater familiae también ejercía sobre su esposa y sus esclavos”.
“Con el paso de los años, los sistemas de patria potestad se han ido reformando para introducir disposiciones igualitarias entre hombres y mujeres, para reducir la tradicional concepción jerárquica patriarcal del instituto, así como para incorporar al niño como sujeto y el interés superior del niño como principio rector… En las últimas décadas, sobre todo a partir de la sanción en 1989 de la Convención sobre los Derechos del Niño, existe una tendencia a abandonar definitivamente los regímenes de patria potestad que aún quedan, para establecer regímenes denominados de «responsabilidad parental”, dice Wikipedia.
Muchas abuelas y abuelos recuerdan como algunos padres o maestros les castigaban excesivamente, de rodillas sobre chapillas o dando un reglazo en la manita extendida. Muchos llevaron las marcas no solo externas del cinto en la espalda. Todavía hoy, en pleno siglo XXI, hay niñas, niños y adolescentes que reciben humillaciones y maltratos, abandonos por su orientación sexual o identidad de género.
¿Cuántos Orestes de la serie cubana Calendario vemos a diario, que descuidan los estudios por obligaciones impuestas por sus familias de “buscar el dinero en la casa” desde edades tempranas?
Lo que propone la nueva legislación familiar cubana es una crianza positiva, que no significa falta de exigencia o disciplina, sino que se eduque con respeto y amor, acorde con el interés superior del niño y su autonomía progresiva.
[box title=»La Dra. Yamila González Ferrer, vicepresidenta de la Unión de Juristas de Cuba, ejemplifica de manera comprensible y práctica algunos casos de crianza positiva» box_color=»#e99a4b» radius=»4″]
- Usted permite que su hija de 2 años y medio escoja la batica de su preferencia para ir al cumpleaños, no la obliga a ponerse la que prefiere usted aunque a ella no le guste.
- Si su hijo de 6 años le pide ir solo a la escuela, usted no se lo permite, aunque él quiera, le explica y le va enseñando que es peligroso cruzar las calles sin fijarse en las luces del semáforo y en el movimiento de los automóviles. Cuando su hijo tiene 9 años, le da el permiso tan ansiado porque ya tiene seguridad de que será cuidadoso y protegerá su vida.
- Cuando su hijo de 10 años le dice que se siente mujer y que quiere cambiar su sexo, usted en vez de decirle que eso es una aberración, golpearlo y rechazarlo, se auxilia de los especialistas que le puedan orientar y atender para que cuando sea mayor de edad pueda tomar las decisiones que considere.
(El desarrollo de los derechos de las personas por razón de su identidad, entre las que se incluye la de género no es tema que aborde el Código de las familias, pues ello corresponderá al Código Civil y a una Ley especial. En ningún caso las decisiones vinculadas a la identidad de género se toman antes de arribar la persona a la mayoría de edad).
- Usted no autoriza a su hija de 14 años a hacerse un tatuaje, le da sus argumentos con respeto, conversa e intenta que entienda y le dice que tendrá que esperar a la mayoría de edad para hacerlo, no la amenaza con pegarle una plancha caliente en la piel, ni con darle una golpiza si se aparece en casa con su piel tatuada.
- Cuando su hijo de 15 años le cuenta que le gustan las personas de su mismo sexo, usted no lo ofende, ni humilla, lo escucha, intenta comprenderlo y busca ayuda para acompañarlo y apoyarlo.
- Cuando su hija de 17 años le dice que quiere estudiar ingeniería mecánica, usted no se molesta y respeta su decisión. No la presiona para que estudie Derecho porque en su familia hay tradición de abogados, ni le dice que eso es una carrera para varones.
- Un hija o hijo tiene derecho a decir NO a sus madres, padres, tutores o guardadores frente al abuso sexual, el ejercicio de la prostitución, el exceso de responsabilidades que le impidan dedicar el tiempo que necesita para el estudio, el juego o el descanso.
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