En reciente coordinación con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social entendimos necesario reiterar lo legislado con relación a la contribución de los trabajadores del sector no estatal y la modificación de la base de contribución al Régimen Especial de Seguridad Social.
Virginia Marlén García Reyes, directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social, responde a lo que ha sido inquietud de varios lectores.
“Con la implementación de la Tarea Ordenamiento se puso en vigor el Decreto Ley 19 del 10 de diciembre de 2020, Del Procedimiento para el cálculo de las pensiones por edad, invalidez y por muerte de los beneficiarios de los regímenes especiales de seguridad social del sector no estatal.
Donde se establece en su Artículo 5 que el trabajador que se encuentre afiliado a un Régimen Especial, con 55 o más años de edad si es mujer y 60 o más años de edad si es hombre, puede incrementar la base de contribución de manera voluntaria, en los cinco (5) años siguientes a la aplicación de la reforma salarial, con el fin del cálculo de las pensiones por edad, invalidez total y muerte.
“En el caso específico de los que arriban a las edades antes mencionadas, en el año 2022 deben, si así lo desean, modificar la base de contribución en lo que resta del presente año para obtener una mayor pensión, ya que el incremento de mil 118 pesos que se establece en el propio Decreto Ley 19, solo es de aplicación durante el primer año de implementada la reforma (año 2021).
“Por tanto, de no modificar la base de contribución este año, se verá afectado el importe de la pensión que recibirán”.
A diferencia del sector estatal, los trabajadores afiliados a los diferentes regímenes especiales tienen la posibilidad de seleccionar su base de contribución.
“Por consiguiente se precisa proyectar el importe de su futura pensión por edad o invalidez total y, en caso de fallecimiento, la cuantía que corresponderá a sus familiares.
“Desde que comenzó este proceso se ha divulgado, por los diferentes canales de comunicación, toda la información necesaria para que los trabajadores del sector no estatal que estén próximos a la edad de jubilación puedan modificar la base de contribución.
“Para ello se diseñó una planilla que está publicada en el sitio web del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, cuya dirección es www.mtss.gob.cu.
“Y dentro de este sitio en la sección descargas, los interesados pueden descargar la planilla, llenar los datos y enviarla a través del correo electrónico modificarbc@inass.gob.cu, solicitud que hacemos llegar a la Oficina de Administración Tributaria del municipio donde reside el contribuyente.
“Ello para que no tenga que realizar el trámite de forma presencial y pueda contribuir con carácter retroactivo desde el mes de enero del 2021, con el porciento correspondiente a la nueva base de contribución seleccionada”.