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De interés para trabajadores no estatales

En reciente coordinación con el Ministerio de Tra­bajo y Seguridad Social entendimos necesario re­iterar lo legislado con re­lación a la contribución de los trabajadores del sector no estatal y la modifica­ción de la base de contri­bución al Régimen Espe­cial de Seguridad Social.

Virginia Marlén Gar­cía Reyes, directora gene­ral del Instituto Nacional de Seguridad Social, res­ponde a lo que ha sido in­quietud de varios lectores.

“Con la implementa­ción de la Tarea Ordena­miento se puso en vigor el Decreto Ley 19 del 10 de diciembre de 2020, Del Procedimiento para el cálculo de las pensiones por edad, invalidez y por muerte de los beneficia­rios de los regímenes es­peciales de seguridad so­cial del sector no estatal.

Donde se establece en su Artículo 5 que el tra­bajador que se encuentre afiliado a un Régimen Es­pecial, con 55 o más años de edad si es mujer y 60 o más años de edad si es hombre, puede incremen­tar la base de contribu­ción de manera volunta­ria, en los cinco (5) años siguientes a la aplicación de la reforma salarial, con el fin del cálculo de las pensiones por edad, inva­lidez total y muerte.

“En el caso específi­co de los que arriban a las edades antes mencionadas, en el año 2022 deben, si así lo desean, modificar la base de contribución en lo que resta del presente año para obtener una mayor pensión, ya que el incre­mento de mil 118 pesos que se establece en el propio Decreto Ley 19, solo es de aplicación durante el pri­mer año de implementada la reforma (año 2021).

“Por tanto, de no mo­dificar la base de contri­bución este año, se verá afectado el importe de la pensión que recibirán”.

A diferencia del sector estatal, los trabajadores afiliados a los diferentes regímenes especiales tie­nen la posibilidad de se­leccionar su base de con­tribución.

“Por consiguiente se precisa proyectar el im­porte de su futura pensión por edad o invalidez total y, en caso de fallecimien­to, la cuantía que corres­ponderá a sus familiares.

“Desde que comenzó este proceso se ha divulga­do, por los diferentes cana­les de comunicación, toda la información necesaria para que los trabajadores del sector no estatal que es­tén próximos a la edad de jubilación puedan modifi­car la base de contribución.

“Para ello se diseñó una planilla que está pu­blicada en el sitio web del Ministerio de Trabajo y Se­guridad Social, cuya direc­ción es www.mtss.gob.cu.

“Y dentro de este sitio en la sección descargas, los interesados pueden des­cargar la planilla, llenar los datos y enviarla a tra­vés del correo electrónico modificarbc@inass.gob.cu, solicitud que hacemos lle­gar a la Oficina de Admi­nistración Tributaria del municipio donde reside el contribuyente.

“Ello para que no ten­ga que realizar el trámite de forma presencial y pue­da contribuir con carácter retroactivo desde el mes de enero del 2021, con el porciento correspondiente a la nueva base de contri­bución seleccionada”.

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