El trabajador Lázaro Hernández, de 60 años, preguntaba si podía acogerse a la modalidad de trabajo a distancia, porque se le considera de alto riesgo ante la pandemia y no le han dado respuesta en su centro.
“Debo comunicarle que usted deberá instar a su empleador, conjuntamente con la representación sindical de su entidad, para que este ejercite lo dispuesto en la Resolución 71 emitida este año por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que pone en vigor el Reglamento del Trabajo a Distancia y el Teletrabajo, para que se analice si en su caso particular, de conformidad a la labor que desempeña, puede ser sujeto de esta legislación”.