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Cómo acceder a una pensión

Caridad Real Gutiérrez, del Departamento de Trámites de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad So­cial, responde a lo solicitado por la lectora Elis Liurquis, de Granma, acerca de cómo su padre puede acceder a una pensión estando desvinculado laboralmente y enfermo.

“La Ley 105 de Seguridad Social, del 27 de diciembre del 2008, establece que para tener derecho a una pensión por in­validez total se requiere que el trabajador se haya incapa­citado completamente para el trabajo.

“Esto es, encontrándose vinculado laboralmente, o si se determina que su incapacidad se originó con anterioridad a los sesenta días posteriores a su desvinculación laboral.

“La Comisión de Peritaje Médico es la única faculta­da para determinar el grado de invalidez para el trabajo de una persona y es donde su papá debe ser remitido a tra­vés de la filial municipal de este Instituto en su lugar de residencia, acompañado del expediente laboral, así como el certificado médico y el re­sumen de historia clínica.

“La Disposición Especial Quinta en la que la referida Ley 105 faculta a la Ministra de Trabajo y Seguridad Social para la concesión de pensiones en casos excepcionales, sin sujeción a los requisitos, tér­minos y cuantías establecidos, para lo cual es imprescindi­ble cumplir con los requisitos señalados en el Decreto 283, Reglamento de Seguridad So­cial.

“El enunciado cuerpo legal regula en su artículo 232 que la propuesta debe ser formula­da por las autoridades que allí se relacionan, confiriéndole carácter institucional a dicho trámite. Por lo anterior, en su caso, corresponde tramitar la solicitud al gobernador pro­vincial, la que debe acompa­ñarse de los documentos cita­dos anteriormente señalados en el anexo”.

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