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Conceptos y recomendaciones

Trabajo a distancia: Es aquel en el cual el trabajador presta sus servicios, total o parcialmente, desde su domicilio o cualquier otro lugar distinto a los establecimientos, ins­talaciones o faenas de una empresa.

Teletrabajo: Es un tipo de trabajo a distancia en el que los servicios se prestan a través de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones, o si tales funciones deben reportarse a través de estos medios.

Suplemento del contrato: Es el que se suscribe con el empleador cuando el trabajador se acoge a las modalidades de empleo antes expli­cadas, ya que cambian sus condiciones de labor.

Riesgos laborales del teletrabajo: Trastornos músculo-esqueléticos, fatiga visual, problemas organizativos, estrés, agotamiento, sensación de aislamiento del colectivo.

Requisitos ergonómicos: Estructurar el lugar de trabajo de manera armónica, con organización y confort; velar por una ventila­ción e iluminación adecuadas, y colocar los equipos de trabajo en la posición, altura y dis­tancia apropiadas para evitar posiciones incó­modas que deriven en trastornos osteomioar­ticulares por posturas incorrectas; administrar las prioridades de las tareas y flexibilizar los horarios para precaver sobrecargas en el cum­plimiento de las misiones.

La realización de reuniones o con­tactos virtuales entre el trabajador y el personal de la empresa le permitirán man­tenerse al día de lo que acontece en su centro, fomentar su sentido de pertenen­cia y prevenir los problemas derivados del sentimiento de soledad y del aislamiento.

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