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Aprueba el Consejo de Estado normas jurídicas en respaldo a la agenda económico-social del país

Foto: Tony Hernández Mena

Con el objetivo de continuar apoyando el desarrollo económico-social y las demás prioridades del país, en un contexto caracterizado por el recrudecimiento del bloqueo impuesto por el Gobierno de Estados Unidos y los efectos de la pandemia de la COVID-19, en la sesión de este martes del Consejo de Estado fueron adoptados tres decretos-leyes y un acuerdo relacionados con importantes temas de la actualidad cubana.

 

Foto: Tony Hernández Mena

 

La reunión estuvo encabezada por el titular de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Esteban Lazo Hernández, y contó con la participación, mediante videoconferencia, del Presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, y del primer ministro, Manuel Marrero Cruz.

 

Foto: Tony Hernández Mena

 

Mayor soberanía en el ámbito de las telecomunicaciones

Los integrantes de este órgano aprobaron el Decreto-Ley «De las Telecomunicaciones, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, y el Uso del Espectro Radioeléctrico», en correspondencia con el derecho irrenunciable y soberano del Estado cubano de regularlos por su papel significativo en el desarrollo político, económico y social del país, y por constituir un medio efectivo para la consolidación de las conquistas del Socialismo y el bienestar de la población.

Durante su presentación, el ministro de Comunicaciones, Jorge Luis Perdomo Di-Lella, señaló que la norma establece el marco legal de las telecomunicaciones, las tecnologías de la información y la comunicación asociadas a estas y del uso del espectro radioeléctrico,  conforme con lo establecido en la Constitución de la República de Cuba y demás disposiciones legales aplicables, así como con los tratados y otros instrumentos jurídicos internacionales en la materia suscritos por la Mayor de las Antillas.

 

Foto: Tony Hernández Mena

 

Esta legislación contribuirá como instrumento regulatorio básico a la informatización del país; a la soberanía tecnológica; a la eficiente gestión del espectro radioeléctrico; a contrarrestar las agresiones radioeléctricas y en el ciberespacio; a salvaguardar los principios de seguridad e invulnerabilidad de las telecomunicaciones en beneficio de la economía, la sociedad, la Seguridad y la Defensa Nacional, el Orden Interior y la Defensa Civil; y para defender los logros alcanzados por nuestro Estado socialista, destacó.

 

Por una gestión económica más eficiente

En el marco del proceso de actualización del modelo económico cubano y como otra muestra de la decisión de continuar avanzando en el perfeccionamiento del sistema empresarial estatal, el Consejo de Estado emitió el decreto-ley «Del Sistema Empresarial Estatal Cubano».

Dicha legislación regula los principios de organización y funcionamiento de las empresas estatales, las empresas filiales y las organizaciones superiores de dirección empresarial, que integran el sistema empresarial estatal cubano, explicó Marino Murillo Jorge, jefe de la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo.

La norma precisa que la empresa estatal socialista es el sujeto principal de la economía nacional, dispone de autonomía en su administración y gestión, desempeña el papel principal en la producción de bienes y servicios, y cumple con sus responsabilidades sociales, según lo establecido en la Constitución de la República. Asimismo, cubre sus gastos con sus ingresos, cumple con los aportes destinados al Estado, reserva recursos para su propio desarrollo y beneficio, y se integra o no a Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial, entre otros aspectos.

En la sesión, fue suscrito otro decreto-ley «Modificativo de la Ley 105, “Ley de Seguridad Social”», del 27 de diciembre de 2008, en virtud de las medidas aprobadas para fortalecer la empresa estatal socialista y con el fin de facilitar la reincorporación al empleo de los pensionados por edad.

En este sentido, se transforma el artículo 18 de la citada ley, con el objetivo de establecer una excepción a la aplicación del límite máximo de 90 % para el cálculo de las pensiones, en el caso de los pensionados que se reincorporen al trabajo, con 45 o más años de servicios, y que laboren como mínimo cinco años.

También, se modifica el artículo 32 para disponer que los jefes de los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales, empresas, sociedades mercantiles y órganos locales del Poder Popular puedan autorizar la reincorporación de un pensionado al mismo cargo que desempeñaba al momento de obtener dicha prestación y devengar la pensión y el salario, siempre que responda al interés de la entidad y previa consulta al Consejo de Dirección, de acuerdo con la información ofrecida por Marta Elena Feitó Cabrera, ministra de Trabajo y Seguridad Social.

Ambas disposiciones responden a la política de Medidas para el Perfeccionamiento de la Empresa Estatal Socialista, aprobada en la reunión del Consejo de Ministros del 22 de septiembre de 2020.

 

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Nuevo órgano consultivo para incentivar la actividad innovadora cubana

Además, se adoptó el acuerdo para la creación del Consejo Nacional de Innovación, órgano consultivo del Estado con carácter nacional, que asistirá al Presidente de la República en la recomendación de las decisiones para impulsar la innovación en el funcionamiento del Estado, el Gobierno, la economía y la sociedad, de forma coordinada e integrada. De esta manera, contribuirá a la visión de la Nación, así como al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social vigente.

Estará presidido por el Jefe de Estado cubano e integrado, en condición de miembros permanentes, por el primer ministro, vice primer ministro, los titulares de Economía y Planificación; Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente; Educación Superior; Comercio Exterior e Inversión Extranjera; Agricultura; Fuerzas Armadas Revolucionarias; Industria; Energía y Minas; Comunicaciones; y los presidentes de la Academia de Ciencias de Cuba y del Grupo de las Industrias Biotecnológica y Farmacéutica (BioCubaFarma).

Con similar categoría, formarán parte también del órgano consultivo,  cinco científicos expertos en este tema y cinco empresarios con roles relevantes en esferas del mayor interés para la innovación, designados por el propio Presidente del Consejo.

Este último podrá designar a otros miembros e invitar a sus actividades a los ministros, expertos, científicos, gobernadores e intendentes, según corresponda.

De forma general, el Consejo resulta una plataforma de discusión e intercambio de ideas y perspectivas entre especialistas del sector de la producción y los servicios, las universidades, las entidades de ciencia, tecnología e innovación, y el gobierno.

Entre sus funciones principales se encuentra el impulso de la innovación, en todas sus manifestaciones, alcances y esferas de la vida económica y social del país, mediante el fortalecimiento de las conexiones entre el sector de producción de bienes y servicios, estatal y no estatal, con las academias, entidades científico-tecnológicas y otros actores vinculados a la producción, difusión y uso del conocimiento para el desarrollo sostenible.

Asimismo, permitirá fomentarla en la rama de la administración pública, en la producción de bienes y servicios, y para el desarrollo territorial y local, vinculado con el nivel nacional y sectorial, entre otros objetivos.

Las disposiciones aprobadas por el Consejo de Estado serán publicadas oportunamente en la Gaceta Oficial de la República de Cuba para su mayor conocimiento por parte de la población, los organismos y entidades correspondientes.

 

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