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La empresa se mueve

El reciente anuncio de un conjunto de nuevas medidas para for­talecer el sistema empresarial cubano no puede pasar por alto en medio de la compleja circunstancia que atraviesa nuestra econo­mía, lo cual es consecuencia del recrudecimiento del bloqueo im­perialista y de la pandemia de la COVID-19.

Lo primero que causa satisfacción es la evidente voluntad polí­tica de continuar con ese proceso de perfeccionamiento aun en medio de esta difícil coyuntura, en respuesta a los planes y progra­mas de desarrollo existentes, y también como un factor dinamiza­dor para intentar salir adelante frente a tales obstáculos.

Un análisis de este conjunto de medidas cuya implementación, se­gún fue dicho, dependerá de normas jurídicas aún en elaboración, apunta hacia tres tipos principales de decisiones: las que procuran profundizar la autonomía empresarial, las de mejoramiento técnico en procedimientos y conceptos, y las que responden a inquietudes y demandas de los trabajadores y del movimiento sindical.

Por supuesto, esta solo es una categorización con fines didác­ticos, para contribuir a la mejor comprensión de este paquete de medidas, porque en la práctica los tres criterios están fuertemente enlazados y presentes de una forma u otra en todas estas decisio­nes.

En el tercer grupo que antes enunciamos hay respuestas a nu­merosos planteamientos de los trabajadores, hechos tanto en las asambleas en la base como en otros foros de sus organizaciones sindicales, entre ellos el XXI Congreso de la CTC.

Sobresale, por ejemplo, la inclusión de dos nuevos destinos para el uso de las utilidades retenidas por las empresas después del pago de sus tributos, que ahora también podrán crear fondos con el fin de financiar la adquisición y la construcción de viviendas, y para la estimulación a trabajadores y colectivos laborales.

En esa misma cuerda de inquietudes podríamos colocar la facul­tad que ahora tendrá el consejo de dirección, o máximo órgano colegiado de cada entidad, para aprobar el pago por distribución de utilidades a trabajadores que durante el año recibieron una san­ción por alguna falta no considerada grave en el reglamento disci­plinario, una posibilidad que antes estaba negada con demasiada rigidez.

La opción de contratar en su mismo cargo a personas ya jubila­das como una decisión colectiva en el nivel empresarial; junto con el reconocimiento mediante la pensión para quienes, con 45 años o más de servicios, laboren otros cinco después de su retiro, satis­face un reclamo bastante necesario en una sociedad envejecida.

En materia de remuneraciones destacan igualmente la genera­lización del pago por alto desempeño, cuando ocurran resultados individuales o colectivos muy relevantes para la eficiencia; o la oportunidad que ahora existirá de contratar a alguien en una mis­ma entidad para realizar un servicio diferente a su labor y fuera de su jornada habitual, sin que ese pago constituya salario y solo tenga el tratamiento impositivo de cualquier ingreso adicional.

Más relacionado con una mayor autonomía empresarial, pero también con impacto en el bolsillo, resulta la supresión del límite de hasta cinco salarios medios al momento de distribuir utilidades entre los trabajadores, sin condicionarlo a indicadores directivos.

Además, estas nuevas disposiciones desatan las manos al em­presariado para flexibilizar el uso de los cargos técnicos, incluido el diseño de puestos específicos, con la excepción de aquellos que cumplen funciones estatales; así como para la descentralización gradual de la facultad de crear, fusionar y extinguir empresas, o aprobar sus objetos sociales, hasta las organizaciones superiores de dirección empresarial (Osde).

Por último, como mejoras más técnicas, hay avances en la com­pactación de criterios para emplear las utilidades, o en la defini­ción más amplia y autónoma de las actividades secundarias que pueden generar ingresos adicionales a una entidad. También la unificación del modo de financiar las Osde, junto al reajuste de las atribuciones y alcances de las unidades empresariales de base, incluida la creación de la categoría de empresa filial son polémicos puntos que será preciso seguir observando.

Los sindicatos, mencionados explícitamente en no pocas de es­tas medidas como parte de su ejecución o para la consulta de las decisiones que inciden directamente en los trabajadores, tienen así una importante misión de representación en el seguimiento y apoyo de estos cambios para fortalecer la empresa estatal socia­lista.

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