Hablar hoy en el mundo de contratos de trabajo cuando se han perdido millones de empleos por la pandemia y se acentúa cada vez más la incertidumbre de si habrá suficientes puestos de trabajo después que se retorne a la normalidad, puede parecer extemporáneo.
Sin embargo, en Cuba desde que se diseñó y aprobó el plan de acción para la prevención y el enfrentamiento a la COVID-19 se tuvo en cuenta el tratamiento laboral y salarial a todos los trabajadores.
Fueron medidas aprobadas por el grupo de trabajo temporal creado para este fin en el cual participó la CTC como garante de su aplicación y control.
En cumplimiento de la indicación de quedarse en casa, la organización sindical vela porque se aplique la garantía salarial aprobada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
En estos tiempos de pandemia hay que resaltar la valía del contrato de trabajo, el cual tiene suplementos contentivos de las modificaciones que se efectúan en determinados puestos, previo acuerdo entre el empleador y el empleado.
Ejemplo de ello son las reubicaciones, el trabajo a distancia y como parte de este el teletrabajo.
En la actualidad es preciso hacer un llamado a los empleadores para el cumplimiento de todo lo aprobado y puesto en práctica por el Gobierno cubano con el propósito de mantener la sostenibilidad del país sin descuidar la preservación de la salud de todos y cada uno de los trabajadores.
De existir algún conflicto laboral el trabajador puede dirigirse a la organización sindical y tendrá curso su reclamación si su centro sigue funcionando.
Si el colectivo tiene paralizada su actividad, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social aprobó una medida para estos casos. Señala que suspendidos temporalmente los procesos laborales recibidos o en tramitación por los órganos que resuelven los conflictos de trabajo, su curso se reanudará una vez concluida la situación epidemiológica y se mantienen en el mismo estado en que se encontraban al decretarse la suspensión, incluido el cómputo de los términos y plazos cursados.
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