La cancelación temporal o aplazamiento de pagos y la suspensión de trámites presenciales son las principales medidas dispuestas por la Oficina Nacional de Administración Tributaria (Onat), entidad que potencia la utilización de diversas vías para continuar la atención a distancia de sus contribuyentes.
Así lo confirmó Arelys Pérez, directora nacional de Atención al Contribuyente, al asegurar “que nos mantenemos atendiendo por los correos electrónicos para consultas y por línea telefónica directa en todos los municipios”.
Entre las principales dudas de las personas naturales y jurídicas, sobresalen las relacionadas a los plazos de vencimiento para los pagos periódicos o anuales y la declaración jurada de impuestos, los cuales están pospuestos como mínimo hasta después del 30 de abril.
Quienes trabajan por cuenta propia y no pueden continuar con su labor, solicitan la suspensión temporal de la licencia a las direcciones municipales de Trabajo, entidad que concilia esas bajas con la Onat, para que sus contribuyentes no tengan que acudir a las oficinas.
Las personas que son titulares de una licencia debe informar también la suspensión de sus trabajadores contratados, y no pagaran tributos durante ese periodo, con excepción del pago de la Contribución a la Seguridad Social, el cual está aplazado hasta el 21 de diciembre.
También se interrumpe el vencimiento de la bonificación de los tres meses sin abonar impuestos para trabajadores por cuenta propia que recién comenzaban a laborar, hasta que concluya las medidas dictadas por el país.
En el caso de las cuentas bancarias fiscales, la Onat precisa que se reduce a una cuota mensual su saldo mínimo y se autoriza no reponerla hasta que se normalice la situación, para que los contribuyentes puedan hacer mayor uso de sus ingresos en función de las necesidades de este periodo.
También la declaración jurada del impuesto sobre ingresos personales para todos los contribuyentes que deben hacerla se pospuso hasta después del 30 de abril, aunque existe la posibilidad de pagar la liquidación u otros aportes tributarios mediante el programa Transfermóvil u otra plataforma de pago digital, sin tener que acudir a las oficinas bancarias.
Sí se mantuvo el término de la campaña de declaración jurada del impuesto sobre Utilidades para las empresas, porque la mayoría de las personas jurídicas pueden hacer uso de las pasarelas de pago digitales para cumplir con su aporte al fisco.
Además, las entidades podrán solicitar a su oficina municipal la reducción del tipo impositivo para este impuesto para los pagos a cuenta del primer trimestre del 2020, explicando la situación financiera a partir de las afectaciones por la enfermedad, lo cual se tramitará para su aprobación por el Ministerio de Finanzas y Precios.
Los contactos tanto de los teléfonos como de los correos electrónicos de todas las oficinas del país están publicados en las redes sociales, en el sitio web www.onat.gob.cu., así como en los murales y exteriores de sus dependencias.
La Onat insiste así en la potenciación de todos los servicios mediante la vía digital y telefónica, para evitar la afluencia de personas a sus instalaciones, y ofrece además las respuestas a las preguntas más frecuentes de sus contribuyentes.