Por su interés compartimos 10 aspectos claves de las nuevas medidas económicas implantadas en el país y 9 sobre las cuentas en divisa convertible
2-Se da la posibilidad de que personas naturales importen determinados productos a través de empresas estatales.
3- Se concederán bonificaciones o exenciones arancelarias a la importación de materias primas e insumos.
4- Se desarrollarán e impulsarán al máximo las variantes del comercio electrónico, como las tiendas virtuales, ventas online y utilización de las pasarelas de pagos nacionales e internacionales.
5- Servicio de postventa (garantía) de los electrodomésticos vendidos en el mercado nacional, así como los servicios de reparación y mantenimiento.
6- Los ingresos que resulten de las ventas en los lugares definidos contribuirán al reaprovisionamiento de las cadenas comerciales, además de la industria nacional.
7- Con la adopción de esta medida no se prohíbe la importación no comercial de estos artículos.
8- Los precios que se ofertarán serán competitivos con los existentes en el mercado minorista de los países del área geográfica. No serán precios fijos, pero tampoco recaudatorios.
9- Aunque se comenzará con una cantidad limitada de surtidos, la aspiración es ampliar paulatinamente la oferta de equipos electrodomésticos.
10- No existen cambios en las regulaciones aduaneras
Sobre las cuentas en divisa convertible debe saber:
1-Los residentes permanentes en el país pueden abrir desde el lunes 21 de octubre cuentas en dólares estadounidenses, asociadas a tarjetas magnéticas, en las oficinas de los bancos Metropolitano S.A., de Crédito y Comercio y el Popular de Ahorro.
2-Las cuentas se habilitan a solicitud de las personas naturales que no ejercen la actividad comercial, solo con la presentación de su carnet de identidad.
3-Su entrega será en un plazo de entre tres a siete días (en La Habana y capitales provinciales) y hasta 10 días para el resto del país.
4-Puedes ser operadas de manera individual (solo por el titular), o por más de una persona, indistintamente. En el segundo caso se requerirá la presencia de los titulares en el momento de la apertura de la cuenta y cada uno podrá disponer de una tarjeta magnética.
5- Se podrán designar beneficiarios.
6- Estas cuentas no necesitan saldo mínimo para su apertura y no se calculan ni aplican intereses.
7-Pueden definirse los límites de número de operaciones y montos que pueden operar en el día, un mecanismo de seguridad para el cliente en caso de pérdida o extravío de la tarjeta y que puede ser cambiado en cualquier momento.
8- Estas cuentas bancarias pueden recibir fondos a través de transferencias del exterior (lo cual incluye las remesas que hoy se tramitan contra cuentas bancarias), transferencias desde otras cuentas en divisas o transferencias entre cuentas del mismo producto.
9- Pueden recibir depósitos en efectivo en dólares estadounidenses, euros, libras esterlinas, dólares canadienses, francos suizos, pesos mexicanos, coronas danesas, coronas noruegas, coronas suecas y yenes japoneses. El tipo de cambio estará en base al dólar estadounidense y se aplicará un gravamen como está establecido en la Resolución 80 de 23 de octubre de 2004.
(Con información de ACN)