Con Lugar reclamación de panadero

Con Lugar reclamación de panadero

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Dirigentes del  Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Alimentaria y la Pesca, SNTIAP, responden a la queja enviada por Leonardo Sánchez Orta, hornero de la panificadora La nueva, en Los Palacios, perteneciente a la Empresa Provincial Alimentaria de Pinar del Río.

Con Lugar reclamación de panadero
Foto: periódico Escambray

Eneida Verdecia Álvarez,  miembro del Secretariado Nacional de ese sindicato, expresa que el trabajador reclamaba “la sobrecarga de trabajo. Se pudo comprobar que ciertamente en enero laboró como hornero en dos turnos y no se le pagaron horas extras, violándose lo establecido en la ley.

“También hacía referencia a que las vacaciones le fueron pagadas sin previa coordinación o negociación, incumpliéndose lo establecido en la Ley 116, Código de Trabajo, en su artículo 107. Las vacaciones se disfrutan dentro del año de trabajo.

“Si surgen circunstancias excepcionales que demandan la permanencia del trabajador en su actividad, el empleador, oído el criterio de la organización sindical, puede posponer su disfrute o simultanear el cobro de las vacaciones y el salario por el trabajo realizado, garantizando el descanso efectivo de siete días como mínimo. El trabajador y el empleador deben dejar constancia escrita de lo acordado”.

La reclamación se declaró Con Lugar y la respuesta le fue dada por la secretaria general del Buró Provincial de ese sindicato en el territorio, gestión que fue aprobada por Jorge Luis Fajardo Casas, secretario general del SNTIAP.

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2 comentarios en Con Lugar reclamación de panadero

  1. Buenas noches , debe expecificarse si el trabajador realizó reclamación por violación de sus derechos como trabajador al organo de justicia laboral de su entidad, de no ser asi se violó el paso principal, pues según se establece en la Ley 116 cuando el trabajador aprecia que la administracion vulnera sus derechos como trabajador tiene derecho de realizar reclamación al organo de justicia laboral de la entidad y de persistir la inconformidad con lo resuelto por el orano el trabajador tiene derecho a astablecer recurso de apelación ante al tribunal municipal popular correspondiente con la representación de un abogado , de hecho el trabajador tiene derechoa representacipon letrada desde el inicio del proceso en el organo de justicia laboral.

  2. Y que decir del estímulo de esos hombres, que día a día trabajan para el pueblo, muchos sin descanso como Leonardo. Yo me pregunto ¿dónde está el aseo personal mensual,trimestral o semestral de esos trabajadores o acaso ya no lo recibirán más?

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