Generalizada contribución a la seguridad social

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La contribución especial a la seguridad social quedó generalizada en el país, con el inicio del pago del incremento salarial a los trabajadores del sector presupuestado, informa este martes el periódico Granma.

 

Foto: Ariel Cecilio Lemus

 

La Resolución 300 del 2019, emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), regula el pago de la contribución especial a la seguridad social y el impuesto sobre los ingresos personales a los trabajadores del sector presupuestado.

Dicha norma deroga la Resolución No.134 de 2014, del propio Ministerio, y alcanza ahora a todos los trabajadores del sector que tributarán una contribución especial a la seguridad social.

Yahily García Poma, directora de Política de Ingresos del MFP, señaló que este es el momento propicio para generalizar la forma de pago de estas contribuciones en todo el sector presupuestado.

Agregó que este pago, a partir del incremento salarial, es un paso de avance en la implementación de la Ley Tributaria cubana, cumpliendo con el principio de generalidad que consiste en que todas las personas realicen su aporte al Estado en correspondencia con su capacidad económica.

Según la citada Resolución se aplica escalonadamente y, para su cálculo, se utilizan dos tipos impositivos, protegiendo a los trabajadores de menores ingresos. Toda aquella remuneración que sea inferior a 500 cup aplicará un tipo impositivo de un 2,5 %, y todos los ingresos que superen los 500 cup, un 5 %.

La forma de pago es a través de la entidad empleadora, que retiene y aporta al presupuesto las cuantías que correspondan por cada trabajador, dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes, por la totalidad de ingresos gravados correspondientes al mes anterior, según consta en el registro de nóminas.

García Poma explicó que cuando las personas vayan a cobrar, ya sea por caja o por tarjeta magnética, ese porcentaje estará descontado de su salario.

El objetivo es que todos aporten al Presupuesto del Estado, que en Cuba tiene un marcado carácter social. El Presupuesto de la Seguridad Social continúa siendo deficitario, y actualmente es el Estado quien cubre la diferencia entre lo que se ingresa por estas contribuciones y los gastos asociados a la seguridad social.

Otro aspecto novedoso para los trabajadores del sector presupuestado es el pago del Impuesto sobre los ingresos personales, el cual sólo lo realizarán aquellos que perciben un salario escala a partir de los 2 mil 500 cup, y que quedarán gravados con un tipo impositivo de un 3 % sobre las remuneraciones obtenidas por este concepto.

Al igual que en el caso de la contribución a la Seguridad Social, este impuesto lo retendrán las entidades empleadoras.

A diferencia de otros actores que pagan el Impuesto sobre los Ingresos Personales, los trabajadores implicados en los términos establecidos por esta Resolución están exonerados de la presentación de la declaración jurada para su liquidación y pago anual.

En el caso de las personas que practiquen el pluriempleo, será la entidad que paga la remuneración la encargada de velar porque se cumplan los requisitos y se haga la retención pertinente.

 

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