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Constructores matanceros: la eficiencia como antídoto

Trabajadores de todos los colectivos pertenecientes a la Empresa de Construcción y Montaje (ECM) de la ciudad de Matanzas participan en una jornada de repudio a la extraterritorial Ley Helms-Burton y a la activación de su Título III, instrumento jurídico impuesto por Estados Unidos para recrudecer aún más el bloqueo comercial y financiero en contra de Cuba.

Este trabajador llamó a ser eficientes para combatir los impactos de la genocida Ley Helms-Burton. Foto: Juanita Perdomo Larezada

Anabel Milián Veguería, secretaria general del Buró Extraterritorial de la ECM, manifestó que “durante todo este mes de junio seguirán reflexionando sobre cuánto más pueden hacer los mil 600 empleados para mitigar los efectos reales de la Helms-Burton en un sector tan estratégico para el país como el de las construcciones”.

Explicó que a petición de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) y del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Construcción, desarrollan acciones para enfrentar los efectos de un bloqueo que “no detendrá las inversiones hoy en curso. Como en otras ocasiones, estamos seguros que saldremos victoriosos”, sentenció.

No obstante —admitió— la Ley entraña un daño que no podemos ignorar, básicamente por la afectación que ello supone en la entrada de suministros a nuestras obras”, afirmó. “Por eso, junto con las denuncias a este engendro jurídico, profundizamos en las reservas con las que cada centro cuenta. Se trata de responder con eficiencia total a estas nuevas maniobras del imperio yanqui”.

Ubicado en la calzada de San Luis, en la urbe matancera, el edificio que alberga la sede de la ECM fue inaugurado por el dictador Fulgencio Batista en el año 1954, pero no aparece en la relación de centros nacionalizados al principio del triunfo de la Revolución de enero de 1959.

En una de sus oficinas está la psicóloga y especialista de cuadro, Ivette Martínez Díaz, una joven convencida de que la Ley Helms-Burton constituye una clara “intromisión en nuestros asuntos internos. ¿Quién le dijo al presidente Trump que pueden imponernos sus leyes? No tienen ese ni ningún otro derecho para hacerlo… Nuestros problemas debemos resolverlos nosotros mismos”, sentenció.

“Nadie tiene que imponernos ley alguna”, aseguró durante su exposición Ivette Martínez Díaz. Foto: Juanita Perdomo Larezada

Muy cerca de ella, el asesor jurídico, Rodolfo Ortega Villalonga, considera que “ningún país del mundo puede permitir que otra nación le imponga sus leyes, porque sería algo absurdo, irracional y  violatorio de todas las convenciones de la Organización de Naciones Unidas, del Tratado de Derecho Internacional. Es algo que nadie puede entender, solo el Gobierno de los Estados Unidos, que se cree el dueño del mundo”.

Ortega Villalonga afirmó que ningún matancero aceptará perder lo concedido por la Revolución: “Vivo en un terreno de personas que se fueron del país, en el centro de la ciudad, como sucede con otros habitantes de los repartos de Versalles o del Naranjal Norte, y nadie vendrá aquí a quitarnos lo nuestro. Que ni lo sueñen”.

Denominada Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubanas, puesta en vigor el 12 de marzo de 1996, fue concebida con el marcado propósito de internacionalizar y codificar las leyes del bloqueo, intimidar y desestimular la inversión extranjera directa y el comercio internacional, promover la subversión del orden interno y derrocar al Gobierno de la isla.

En sus letras, el Título III dice: “Protección de los derechos de propiedad de los nacionales estadounidenses”. Activado por el presidente Trump a partir del 2 de mayo del 2019, permite a los nacionales entablar procesos judiciales en las cortes de los Estados Unidos contra toda persona o entidad extranjera que “trafique” con propiedades norteamericanas nacionalizadas por la Revolución Cubana después del primero de enero de 1959.

Desde la misma fecha de aprobación de la Ley, en todos los gobiernos de Estados Unidos, incluido el de Trump (en el 2017 y 2018), se había suspendido cada seis meses las acciones legales impuestas por el Título III.

Diversos entendidos coinciden en que el documento viola el Derecho Internacional y la soberanía de otros Estados, al tiempo que admiten que esas acciones provocarían obstáculos insuperables para cualquier perspectiva de solución de las reclamaciones y compensaciones mutuas pendientes entre los gobiernos de los Estados Unidos.

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