Las normas jurídicas que implementan la política de ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias, así como el cambio de uso y traspaso de locales favorecerán la solución habitacional de más de 230 mil familias y responden a la necesidad de establecer un proceso de organización del estatus de la vivienda en Cuba.
Lo anterior fue dado a conocer por especialistas y directivos de los ministerios de la Construcción, Justicia y el Instituto de Planificación Física, quienes abordaron el contenido de los Acuerdos del Consejo de Ministros 8574/19 y 8575/19 publicados este viernes en la Gaceta Oficial No.33 Ordinaria.
Según explicó en conferencia de prensa Santiago Herrera Linares, director de Asuntos Legales de la Vivienda en el Ministerio de la Construcción, se flexibilizan las potestades de los gobiernos locales, a través de sus acuerdos y previa preparación, la entrega u otorgamiento de cuartos, habitaciones y accesorias y locales que hoy poseen las personas como usufructuarios
Herrera Linares aclaró que las viviendas, habitaciones o locales construidos de manera ilegal, violando regulaciones urbanísticas y territoriales, no serán legalizados.
Sintetizó que se trata de lograr un ordenamiento y legalización de las viviendas que hoy no tienen estatus por ilegalidades o informalidades en su construcción y faculta a los gobiernos locales de asignar los espacios antes mencionados para ser convertidos en viviendas adecuadas.
Para la implementación de esta política se emiten los acuerdos 8574 —que aprueba el reglamento de ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales—, y el 8575 —sobre el cambio de uso y traspaso de locales—, ambos del Consejo de Ministros.
Las nuevas disposiciones entrarán en vigor dentro de 30 días a partir de su publicación en la Gaceta Oficial y se pondrán en práctica a las acciones constructivas realizadas sin permisos en períodos anteriores, y cumplan las regulaciones territoriales y urbanísticas.
Puede descargar aquí: Gaceta Oficial No.33 Ordinaria Legalización de la Vivienda