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Seguridad Social garantizada

El envejecimiento de la población cubana es una realidad que caracteriza a nuestra sociedad, consecuencia de la elevada esperanza de vida alcanzada y la baja natalidad en los últimos decenios, por lo que el país mantiene la garantía de la seguridad social para los ciudadanos a corto, mediano y largo plazos.

Dado el interés de muchos de nuestros lectores acerca del sistema de seguridad social vigente, conversamos con Haydée Franco Leal, subdirectora general del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), quien refiere, al respecto, que “la Ley 105 del 2009 se hizo para dar garantía a todos, así como existen además los regímenes especiales”.

Haydée Franco Leal, subdirectora general del Instituto Nacional de Seguridad Social. Foto: Abel Padrón Padilla

Pero antes de centrar la atención sobre estos regímenes especiales la funcionaria destaca que “los cambios realizados son en beneficio de los trabajadores, reflejados en la recién refrendada Constitución, en los artículos que garantizan la protección en condición de igualdad de todos los trabajadores”.

Recuerda que “la seguridad social contempla también la atención hospitalaria, médica y la maternidad de las trabajadoras, entre otros aspectos”, indicados en los artículos 44, 47 y 84 de forma directa, aunque a lo largo de la Carta Magna se reconocen diversas prestaciones.

 

Leyes aprobadas por los trabajadores

Durante el encuentro con la subdirectora del INSS se reiteró que el Estado cubano garantiza la protección adecuada al trabajador, a su familia y a la población en general, mediante un sistema que comprende un régimen general de seguridad social, uno de asistencia social, así como regímenes especiales.

El régimen general de seguridad social ofrece protección al trabajador en los casos de enfermedad y accidente de origen común o profesional, maternidad, invalidez y vejez y, en caso de muerte, a su familia. El régimen de asistencia social protege a cualquier persona no apta para trabajar que carezca de familiares en condiciones de prestarle ayuda.

La Ley 24 de Seguridad Social estuvo vigente hasta finales del 2008 y, como ya es tradición, correspondió a nuestros trabajadores, organizados en los diferentes sindicatos y bajo la orientación de la Central de Trabajadores de Cuba, discutir y respaldar en asamblea las medidas necesarias para encarar este cardinal problema que atañe a toda la sociedad.

El 27 de diciembre del 2008 la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó la Ley 105 de Seguridad Social, que entró en vigor el 22 de enero del 2009. Posteriormente fue aprobado su reglamento, mediante el Decreto-Ley 283 del 6 de abril del mismo año.

El reglamento de esa ley establece los procedimientos para hacer efectivos los derechos y ejercer las facultades por los sujetos, autoridades e instituciones administrativas del sistema de seguridad social, y que todo interesado debe consultar.

 

Regímenes especiales

Los regímenes especiales protegen a las personas que realizan actividades que, por su naturaleza o por las características de sus procesos productivos o de servicios, requieren adecuar los beneficios de la seguridad social a sus condiciones. Estos regímenes especiales se regulan mediante legislaciones específicas, y son los siguientes.

Régimen de seguridad social de los miembros de las cooperativas. Régimen especial de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Ministerio del Interior. Régimen especial de los creadores independientes, los artistas y personal de apoyo. Régimen especial de los usufructuarios de tierra. Régimen especial de los trabajadores por cuenta propia y sobre la maternidad, esta última mediante el Decreto-Ley 340 del 8 de diciembre del 2016, “modificativo de los regímenes especiales de Seguridad Social en cuanto a la protección a la maternidad”.

“En Cuba —recordó la subdirectora del INSS— estos regímenes especiales se han extendido a partir de la actualización del modelo económico y social”.

El envejecimiento de nuestra población constituye un gran reto para las autoridades, y la subdirectora nos garantiza que además de la cifra millonaria que se emplea en tal sentido, “ el Estado aprobó en el nuevo presupuesto una mayor cantidad de dinero para los gastos de la seguridad social, en aras de garantizar la protección de los ciudadanos”.

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