Un servicio complementario para el cobro del sobrepeso de equipaje acompañante, mediante una tarifa progresiva en moneda nacional, comenzará a aplicar la Empresa de Ómnibus Nacionales (EON) a partir del próximo jueves 10 de enero para todas sus rutas interprovinciales en el país.
La medida establece hasta 30 kilogramos como máxima cantidad a transportar en exceso y regula el pago de determinadas cuantías para los primeros cinco kg; por más de cinco y hasta 10 kg, y por más de 10 y hasta el límite antes mencionado.
Según explicó en conferencia de prensa Alberto Ramos Miranda, director general de la EON, la Resolución 213/2018 del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada en la Gaceta Oficial número 61 Ordinaria con fecha 24 de diciembre último, tiene como objetivo facilitarle a la población un mecanismo para la transportación de sus equipajes cuando el peso de estos es superior al límite aprobado.
Hasta el momento —agregó— esa actividad se realizaba de manera irregular, lo que ha provocado en ocasiones indisciplinas e ilegalidades en ese servicio y quejas de la población.
El cobro del sobrepeso de equipaje está contemplado en el objeto social de la EON. Los pasajeros recibirán el correspondiente comprobante por el importe abonado. Se mantiene lo permisible como exento de pago: hasta 20 kilogramos los mayores de 12 años, y 10 kg los menores.
Aidel Linares León, director comercial de la entidad, apuntó que este servicio se ofrecerá en las 126 terminales, agencias y estaciones; en esos lugares están creadas las condiciones para el pesaje de las valijas; quienes aborden el ómnibus en tránsito solamente podrán llevar hasta 20 kg.
El despacho del equipaje será personal e intransferible. Los viajeros que paguen por exceso de peso y hagan trasbordo, deberán preservar el comprobante por el importe abonado, o de lo contrario pagarán nuevamente el monto requerido.
En caso de extravío de la maleta con sobrepeso, se le abonará al usuario por la misma, además se le rembolsará el dinero entregado por este concepto.
Precisó que estarán exceptuados de estas regulaciones los viajes intermodales: La Habana-Batabanó-Nueva Gerona, Pinar del Río-Batabanó-Nueva Gerona, Santiago de Cuba-Batabanó-Nueva Gerona, Manzanillo-Pilón-Media Luna-Niquero, y Guantánamo-Baracoa, así como los fletes.
El directivo también puntualizó que en caso aquellas personas discapacitadas que viajan en sillas de ruedas y las que aborden el ómnibus con niños en coches, no se incluirá el cobro por el peso de esos medios; pero si se trata de transportarlos como equipaje, sin la presencia física del impedido o del bebé, sí se toma en cuenta el sobrepeso.
Dijo que como parte de nuestro reglamento comercial, la normativa aprobada incluye a todo el personal de la empresa, a cualquier nivel.