Plantea que siempre los remuneran por lo consignado en la hoja de ruta, “pero en el mes de junio nos pagaron por el salario básico. Hubo choferes que hicieron más de tres viajes a Pinar del Río para traer mercancías y solamente cobraron 40 pesos, (…) y a otros les tuvieron que sacar vacaciones con vistas a abonarles un poco más de dinero”, afirma quien se cuenta entre cinco choferes afectados, cuyos nombres menciona.
Tal situación la ventilaron con el secretario del núcleo del Partido en la empresa y posteriormente con un funcionario del comité municipal del Partido, “los cuales no nos dieron respuesta”.
Tampoco pudieron encaminar su inconformidad por la vía elemental y primera para un trabajador: la sección sindical, pues expresa en su carta que carecen de esa organización en la base.
Por eso es que, señala, se personaron en la Fiscalía de Camajuaní, donde el abogado que los atendió les pidió el Convenio Colectivo de Trabajo y el sistema de pago que tienen aprobado, lo cual no les fue posible proporcionar.
La causa que alega Radimil es que “no lo podemos obtener pues eso lo tienen las personas que trabajaban en personal” y ya no están debido a que se fueron para otros lugares.
Acto seguido menciona otras dos cuestiones que los aquejan: no les pagan dietas —suponemos que de alimentación y hospedaje según el caso—, cuando van a laborar a municipios o provincias; así como que les faltan años de servicios necesarios para la solicitud de jubilación.
“No se sabe de quién es la culpa, por eso pedimos ayuda”, subraya el lector, pero discrepamos de tal consideración, ya que en el motivo de sus demandas deja a las claras problemas de competencia administrativa, sindical y personal, porque no es solo cuando “truena” que el trabajador está obligado a conocer las normas jurídicas que lo amparan y tramitar sus derechos por la vía adecuada.