Con la Ley: Bonificación para trabajadoras por cuenta propia

Con la Ley: Bonificación para trabajadoras por cuenta propia

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Una reducción del 50 % de las cuotas mensuales a cuenta del impuesto sobre los ingresos personales (IIP) a las trabajadoras por cuenta propia (TPCP), que tengan dos o más hijos menores de 17 años, es una de las esencias de la Resolución no. 26 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), en vigor desde febrero del año precedente.

Esta bonificación se basa en los ingresos económicos del núcleo familiar, según procedimiento establecido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y “se aplica en relación con la cuota mínima o incrementada, con carácter general o individual, para la actividad que ejerza la trabajadora”, especifica en su Resuelvo Primero esta norma legal, que comenzó a aplicarse como parte de un grupo de medidas en beneficio de la mujer trabajadora, integrado por dos decretos leyes y cuatro resoluciones, las cuales responden en su campo a Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.

Igual beneficio tienen aquellas TPCP que aportan por el Régimen General de Tributación, y la cuantía se determina “según la declaración jurada en el proceso de liquidación del ejercicio fiscal por los ingresos generados a partir del 2017”, los cuales les corresponde testificar en el presente año.

Para acceder a dicha bonificación tienen que solicitarla por escrito ante la Oficina Nacional de Administración Tributaria (Onat) de su domicilio fiscal. Es menester presentar el documento de identidad y el de los hijos menores de 17 años, además de la declaración de los ingresos de su núcleo familiar. A partir de que aporte esos datos deben mediar 30 días naturales para recibir la respuesta por escrito.

La Resolución no. 26/2017, del MFP, contempla igualmente la reducción de un 50 % del pago de los impuestos mensuales, a los TPCP que en el régimen simplificado de tributación ejercen las actividades de asistente para el cuidado de niños y cuidador de enfermos, personas con discapacidad y ancianos.

Según su último Resuelvo, el aumento de esas cuotas consolidadas mínimas que compete a los consejos de la Administración Municipal del Poder Popular, solo podrá realizarse cuando sea evidente un significativo incremento de la capacidad económica del contribuyente.

Publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria del 10 de febrero del 2017, en esta normativa queda explícita la facultad del Ministro de Finanzas y Precios, a partir de lo establecido en la Ley no. 113, Del Sistema Tributario, para conceder exenciones, bonificaciones totales, parciales, permanentes o temporales, según corresponda, cuando circunstancias económicas y sociales así lo aconsejen.

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4 comentarios en Con la Ley: Bonificación para trabajadoras por cuenta propia

  1. Este año que cerró 2017, resultó un año de azotes del ciclón, donde se afectaron muchas actividades, instalaciones, pero eso solo se reconoce a los estatales y casas de personas que no tenga actividad por CUENTA PROPIA….Siempre la ONAT, permitió que al cierre del año en la declaración de los impuestos sobre PERSONALES que estos, cuando no podía pagarlo al momento podías «REALIZAR UN CONTRATO PARA EXTENDER EL PAGO» Este cierre con los efectos meteorológicos, donde a todos le implicaron gastos, aun en La Capital de todos los cubanos, se DECIDIÓ POR ESE MINISTERIO, NO OTORGAR FACILIDADES DE PROLONGAR EL PAGO» Sabemos que eso responde al giro, cuidadoso que se le ha estado dando al T.C.P de un tiempo a la fecha, estamos volviendo al pasado donde: …DIGO UNA COSA, PIENSO EN OTRA Y ACTÚO DE OTRA FORMA…? ?.Que será lo que sustenta esta decisión? Que por supuesto fue adoptada entre los que deciden y no con los que tienen el problema, juez sin parte. Además no fue del conocimiento público en la prensa como debería ser, pues lo de la prorroga en su época se expresó por la prensa, pero en esta se ignoró la prensa y por supuesto los que tienen el problema ahora. lo dijo el prócer Dominicano,,,»los cubanos o se pasan o no llegan»

  2. me parece muy bien la medida, teniendo en cuenta lo dificil q es educar y costear los gastos de nuestros niños, refiriendome solamente a necesidades basicas, pero concuerdo con N.Ortiz como no van a aplicar esta medidad en un primer momento a las madres trabajadoras estatales que son las que tienen el salario mas bajo, me parece una falta de respeto excluirlas

  3. Eso es bueno, pero por que no se bonifica igualmente a las trabajadoras estatales con más de dos hijos menores de 17 años que pagan un 5% de la contribución especial a la seguridad social y cobran menos que el sector privado.

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