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Evadir la evasión

Recoge la historia que Alphonse Gabriel Capone (Brooklyn, Nueva York, 17 de enero de 1899-Miami, 25 de enero de 1947), más conocido como Al Capone, famoso gánster estadounidense en los años 20 y 30 del pasado siglo, nunca fue procesado judicialmente por mafioso, pero sí lo sentenciaron a 12 años, y encarcelaron en la tristemente famosa prisión de Alcatraz por evasión de impuestos.

El hecho, además de la notable connotación por las características del personaje, evidencia la importancia que en cualquier época y sociedad tiene la disciplina fiscal.

En el caso cubano, la Ley deja claro el valor real que tienen los tributos, con el fin de garantizar que los aportes monetarios sean suficientes para respaldar las decisiones de gasto social, y mantener el déficit en rangos sostenibles para la economía.

O sea, en términos reales significan el sostenimiento, a pesar del elevado costo financiero, del acceso gratuito a la atención a la salud de todos los ciudadanos, la educación desde la enseñanza primaria a la superior y la formación deportiva y cultural, así como la seguridad y asistencia sociales, definidos como derechos constitucionales.

Si a eso le agregamos que los tributos representan el 75 % del total de los ingresos al presupuesto estatal, lo cual confirma su trescendencia para asegurar el funcionamiento del Estado, además de estimular sectores, actividades y conductas que contribuyan al desarrollo socioeconómico de la nación, resulta entonces fácil inferir que la liquidación de los diferentes tipos de impuestos, tasas y contribuciones debe ser, sobre todo, una acción consciente para las personas naturales y jurídicas en los plazos y fechas establecidos, sin que la imposición o la adopción de medidas tengan que formar parte, en demasía, del entramado propio de esa gestión.

Obviamente, deben considerarse los estímulos fiscales que se han implementado, como bonificar o disminuir un 5 % del impuesto a los que paguen antes del 28 de febrero su Declaración Jurada, o el 20 % en el caso del impuesto sobre el Transporte Terrestre, y otros.

Como han afirmado de manera reiterada especialistas de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (Onat), “si los participantes declaran y lo hacen en tiempo y correctamente, entre otras ventajas, será más factible para todos porque no habrá sanciones accesorias ni costos extras por incumplimientos; y será algo positivo para la economía, la sociedad y los propios contribuyentes”.

No obstante, como en la “Viña del Señor hay de todo”, existen subdeclarantes y evasores. Quien no presente su Declaración Jurada se convierte de hecho en “omiso”, por haber dejado de hacer algo necesario e importante, y pagará una multa de hasta 600 pesos. Por su parte, quienes incurran en subdeclaración de ingresos, pueden ser penalizados con una cuota de hasta 10 mil pesos.

En una de los encuentros previos al IX Período Ordinario de Sesiones de la VIII Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular (julio del pasado año), informaron que aún no se logra concientizar a todos los trabajadores no estatales sobre la significación del pago de las contribuciones en el tiempo establecido.

Informaron, además, que se han detectado numerosos incumplimientos, lo que precisa que se impongan sanciones. En relación con la declaración de pagos de tributos del impuesto sobre los ingresos personales, el pasado año estuvieron obligados a declarar más de 185 mil personas, y lo hizo en tiempo el 92 por ciento. Parece y es un buen resultado, pero el porcentaje restante equivale a casi 15 mil incumplidores.

En tal sentido, es evidente que debe utilizarse de manera más adecuada y en mayor medida, toda la asistencia e información a la población que brinda la Onat, en particular a los contribuyentes, con el fin de adquirir la imprescindible cultura tributaria y disciplina fiscal, e integrarse a un ambiente de mayor cumplimiento y respeto.

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