La santiaguera Sonallis Cabrera Leyva se siente desprotegida. Después de pasar un año contratada por tiempo determinado en el Hospital Provincial Saturnino Lora, quedó desempleada cuando se percataron de su embarazo. Por eso escribe a Buzón abierto en busca de la justicia que considera faltó en su caso.
La detallada misiva explica que comenzó a trabajar en el mes de agosto del 2016, en el Departamento de Admisión, por una contrata de tres meses, que le fue renovada en tres ocasiones, a pesar de que no recibió copia oficial.
En marzo informaron que existían dos plazas vacantes en el departamento y le dijeron que entregara la documentación necesaria a Recursos Humanos (RR. HH.) para hacerla fija. Esto nunca ocurrió, simplemente le renovaron el contrato por tiempo determinado.
Pasado un mes, su jefe inmediato le recordó a Sonallis pagar el sindicato; pero la secretaria general de la sección sindical le argumenta que no estaba en el potencial y por tanto no tenía que hacerlo.
Ese incidente la alertó. Algo no marchaba bien y se dirigió nuevamente a Personal para verificar lo referente a la plaza. Allí le aclararon que faltaba un documento de su superior para proceder. Cuando le preguntó, este afirmó que ya era fija y culpó a RR.HH.; le hizo entender que ellos habían puesto a otra persona por error y la tranquilizó diciendo que “ya todo estaba resuelto”.
No obstante, la lectora siguió investigando y a través de un familiar logró saber que no era tal equivocación; su jefe orientó hacer fija a una compañera en lugar de a ella.
Para su sorpresa, al cumplir nueve meses en el centro, se dio cuenta que estaba embarazada, pero siguió cumpliendo con el trabajo. En ese tiempo confiesa haberse sentido incómoda porque los colegas le habían dicho que por su estado podían cerrarle automáticamente el contrato.
Durante la atención a su embarazo, le orientaron asistir a la consulta de Genética y le prescribieron un certificado médico por una semana, luego se reincorporó el 6 de agosto. Pocos días después, mientras marcaba su entrada al hospital, la compañera de Recursos Humanos que se encontraba en el tarjetero le preguntó si estaba embarazada. Al responder Sonallis afirmativamente le dijo “que no podía trabajar más, pues al ser contrato no podía estar embarazada y que su jefe no le daría la plaza”.
De todos modos ella siguió laborando esa semana y el viernes fue citada por el jefe superior, quien le comunicó que ese era su último día, pues la compañera por la que estaba contratada regresaría la próxima semana de su licencia de maternidad.
Después de leer el Código del Trabajo y el Reglamento la remitente considera que a la entidad le corresponde asumir el pago de la licencia retribuida por maternidad porque trabajó 10 meses de forma ininterrumpida, arribó a las 22 semanas de gestación y cuando le cerraron el contrato no se había vencido su término y tampoco fue avisada con antelación de esta decisión. Ella siente que la han discriminado por su estado.
Al final de la carta la santiaguera deja un grupo de interrogantes, que por su interés compartimos y esperamos sean respondidas por las autoridades competentes.
1) ¿Por qué si estuve vinculada ininterrumpidamente durante 12 meses y existían plazas vacantes no se me otorgó una?
2) ¿Se puede cerrar el contrato por tiempo determinado a un trabajador en este estado sin previo aviso?
3) ¿Dónde queda la protección que el Estado cubano siempre les ha dado a la mujer y madre trabajadora?
4) ¿Cómo voy a mantener a mi bebé, si he quedado desprotegida y en estos momentos sí me es difícil trabajar para sostenerme?
Actualmente me encuentro en una situacion parecida en el mes de marzo del año pasado se me informò mi cierre de contrato por la situacion q atravesaba el pais con el COVID-19 en marzo de este año quedo embarazada y por supuesto al estar desvinculada laboralmente por razones ajenas a mi voluntad no tengo derecho a una licencia de maternidad incluso trabajando ininterrumpidamente 14 años,me dirijo a la seguridad social buscando una ayuda economica puesto que voy a estar otro año mas sin poder trabajar y me dicen que No que mi caso es denegado….pregunto yo Donde està esa protecciòn que promete la Revolucion Cubana a la mujer embarazada???
Si eres contrato determinada, estas embarazada y lo saben en tu trabajo el contrato se te cierra. Lo se por experiencia propia, puedes reclamar al órgano de justicia laboral y no vas a resolver nada porque se excusan con otro pretexto sobre el motivo del cierre y nunca te van a decir que es porque estas embarazada y no les conviene pagar una licencia de maternidad. El único articulo de la ley del trabajo que ayuda a una contrata en gestación es este Decreto Ley No.339 Articulo 11, pero según el articulo debes haber estado trabajando 75 días hábiles antes de que se otorgue la licencia por maternidad. En este país, no se en otros, ningún centro de trabajo estatal te contrata estando embarazada, así que realmente no se cual es la ¨ayuda¨ de este.
Tengo unn caso paresido, llebaba tres mese laborando en la unidad presupuestada Economia y planificacion y se percata que esta embarazada, la pueden sacar asi acomo asi, no esiste una ley que defienda a las embarazadas en nuestro pais, de esta forma le pediremos a los jovenes que formen familia, espero que alguin me responda, en verdad me incomoda mucho esta cosa…
Ya que se tarta este tema tengo una amiga que comenzo a trabajar por contrata en la Marina al mes mas menos se percata que esta embarazada le hann seguido abriendo el contrato PUES NO FALTA Y SOLO LLAGA UN POCO MAS TARDE EL DIA DE SU CONSULTA quisiera si fuera posible me explcaran que derechos tiene ella de quedarse como trabajadora fija y hasta cuanto tiempo un trabajador puede estar contratado
Me sucede un caso parecido al que antes se m3nciona, mi hija trabaja en una fabrica donde ha cumplido con todo los requisitos laborales, pero quedó embarazada y solocitó una plaza fija que esta trabajando desde el inicio de su contrato hasta la actualidad, ya son ocho meses, la comosion de experto determina darle la plaza pero su jefa no esta de acuerdo por que dice que esta embarazada.
Y que pasa con la segurirdad social ,si funcionara ,esta mujer no deberia estar preocupada,como necesitada la ayuda debe de estar ahi.
hola,mi nombre es arteys y soy tambien trabajadira de este centro y compañera de sonayis,trabajo en ese mismo departamento casual mente hace 3 años pase yo tambien por esa misma situacion , y me dirigi a la fiscalia minicipaln la cual me ayudo con todo ese proceso este jefe q tenemos acostumbra a maltratar al personal del departamento y mas si son embarazadas y o madres,yo fui quien la aconseje y le dije q debia hacer,porq no me parecia justo q se repitiese denuevo la misma historia, pero ahora x causa de defender mis derechos,estoy siendo maltratada contantemente x el mismo xq no le hacen nada,xq ha tomado represarias conmigo,sin ningun motovo me dijo q aqui no me queria trabajando, parece q el escoje quien trabaja y quien no aqui , y nadie hace nada, gracias.
Hace años trabajo com Técnico en Gestión de REC Hum, y presisamente en
instit. de salud. Es penoso que a veces por desconocimeinto, falta de asesoramiento, tal vez por problemas de simpatia y hasta el tan criticado socilismo o amiguismo seamos capaz de pérjudicar a una persona como es el tema que nos ocupa cuando estamos llamdo acrear condiciones a fin de aumentar la tasa de nacimientos. El código del
trabajo y lka ley 339 son muy claras.
No te preocupes compañera, hiciste lo correcto en denunciar tu maltrato, alguien tendra que buescarte y darte una satisfaccion al respecto.
Debiste insistir en pagar tu cuota sindical, no importa no estes contemplada en el potencial inicial, te podian dar alta en ese mpmento.
Suerte compañera.
Por favor cuando se le dará respuesta a esta pregunta, mi mujer está en el mismo caso, incluso a ella le pagaron la primera prestación económica que es la Pre y la Posnatal y luego le cerraron el contrato.
Saludos
En el artículo publicado existen varias cuestiones:
1. si existian plazas vacantes, debió solicitarla en convocatoria y no aceptar ser contratada por tiempo determinado una vez conocida este situación exigiendo una copia de dicho contrato.
2. ante esta violación puede presentar reclamación ante el OJL de su entidad, por violar sus derechos de trabajo.
3. No obstante el Decreto Ley No. 339 de la Maternidad de la trabajadora en su artículo 15 establece que: Las trabajadoras contratadas por tiempo determinado en períodos superiores a un año, cuyo último contrato haya vencido en un plazo no mayor de tres (3) meses con anterioridad a cumplir las treinta y cuatro (34) semanas de embarazo o treinta y dos (32) semanas si este es múltiple, que se encuentran sin vínculo de trabajo, tienen derecho a disfrutar de la licencia retribuida por maternidad pre y posnatal. El pago de la prestación económica se efectúa por la filial municipal del Instituto Nacional de Seguridad Social o la Dirección de Trabajo municipal del Poder Popular, correspondiente al domicilio de la gestante.
hola, pero esto y otras cosas han sucedido y siguen suceddiendo, este es un ejemplo,
Si, la ley es bien explícita respecto al tema de la protección de las embarazadas y aún aparecen directivos que la siguen violentando,porque no determinar en estos si la desconocen o desbordan mala intención.
Hasta pronto.
yilian, que bueno estoy totalmente de acuerdo contigo , yo soy Esp ¨B ¨en Gestion de REcursos Humanos, estoy trabajando en esta actividad desde el año 1972, y realmente existen cosas muy fea y este caso es uno de ellos.(sera problemas de simpatia)
Creo que en el Código de Trabajo está bien claro con esos temas, Sonallis, no quedas desamparada al menos hasta la prestación social al tener laborado más de 75 días, ese centro de trabajo está en la obligación del pago de tu maternidad
Si se procedió según como dices, hubo varias violaciones por la administración, partiendo que las plazas vacantes no se otorgan, sino se ponen en convocatoria, los contratos se deben cerrar con un aviso al menos de 15 días antes de su cierre.
Además en cuanto al pago del sindicato, el que no hayas estado en el potencial no te exonera del derecho a sindicalizarte por tanto me parece que en el Hospital Provincial Saturnino Lora hay varias cosas que revisar. No te desanimes y te deseo lo mejor durante tu embarazo y para el después
Buenas soy Especialista en Organizacion del trabajo y lo salarios de una Empresa y me llamo la atencion del proceder de la Administracion del Hospital Provincial Saturnino Lora,comenzando considero en primer lugar una violacion que si existia plaza vacante en el departamento donde laboraba Sonallis y ella llevaba mas un año trabajando de forma continua de contrato determinado no se le contato indetrminadmente si cumplia con los requisitos para el cargo,
Segunda Violacion porque no se le presento al comite de experto y es su Jefe Inmediato el que decide quien queda fijo o sigue de contrato,
tercera vilacion debio la administracion darle por ecrito a la compañera en un periodo de antelacion no menor de 15 dias de la terminacion de las relaciones laborales.
Segun lo establecido en el Codigo de Trabajo y el Decreto Ley No.339/2016 de la Maternidad de la Trabajadora en ninguno de sus articulos fundamenta que por ser mujer y quedar embarazada sea el tipo de contrato que sea se debe dar por teminada la relacion laboral.
Si es cierto que la Administracion tiene el derecho de dar por teminada la relacion de trabajo con el trabajador cuando asi lo desee pero siempre y cuando lo haga de una forma legal y en regla para evitar violar los derechos que nos asiste como trabajadores.
No puedo exponer mas ya que la compañera no da mas detalle del tiempo de gestacion con que contaba cuando la administracion decidio cerrarle el contrato .
Ahora considero que humanamente fueron despota con cerrar el contrato a una gestante ya que violaron tantos pasos logicos con que se trabaja en recursoso Humanos y tan claro que se ilustra en el Codigo de Trabajocon.
Que clase directivos los de ese hospital(los compañeros(A) de Capital Humano)no conocen el código de trabajo y su reglamento siendo los maximos responsables de su aplicación, además como planteaba la compañera el Decreto Ley No.339/2016 de la Maternidad de la Trabajadora, es muy claro en los derecho que le son atribuidos a las gestantes, violando todo lo establecido al respecto, da verguenza que estas cosas sucedan donde los responsables de cada actividad deben ser los máximos conocedores de estas normas legales y actuar conforme a la Ley de actuar de otra manera, deben tomar con ellos las medidas administrativas y dar solución al problemas, esto deja en duda su humanismo y dignidad
Todo directivo debe comocer como actuar y sobre todo como ejecutar las facultades y funciones asignadas de acuerdo al cargo que desempeña y las normas legales que lo sustentan,