A pesar de las reiteradas aclaraciones, a pocos meses de finalizar el año todavía recibimos dudas acerca de Mi Aporte a la Patria; en esta ocasión de la lectora Irma Martínez Álvarez, a quien responde Mirtha Daudinot Rodríguez, funcionaria de la Central de Trabajadores de Cuba.
Aclara en su misiva que el principio de voluntariedad constituye premisa cardinal de este compromiso político, en el cual el trabajador —sin cifra preconcebida—, tributa la cantidad que decide.
Por lo tanto, recalca, la cuantía es individual y el aporte lo efectúa en el mes o momentos en que lo pactó, pues puede hacerlo de manera fraccionada.
Puntualiza Daudinot Rodríguez que el primer paso en el centro laboral es cuando el representante sindical indaga sobre la disposición. Entonces corre a cargo del trabajador fijar la suma, fecha y forma de pago.
En su aclaración subraya que nadie está facultado para establecer un compromiso por otra persona, ni pautar fechas de cumplimiento a nombre del colectivo.
Igualmente esclarece que es responsabilidad de las secciones sindicales confeccionar el modelo donde se reflejará el acuerdo individual, cuantía y fecha; así como presentarlo a la asamblea de afiliados y trabajadores, de donde emanará el aporte general al movimiento Mi Aporte a la Patria.