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Tierras estatales ociosas: aplicarán nuevas modificaciones para el usufructo

Foto: Tomada de www.radiorebelde.cu
Foto: Tomada de www.radiorebelde.cu

Nuevas modificaciones a la política para el proceso de entrega de tierras estatales ociosas en usufructo  fueron dadas a conocer  por  Eddy Soca  Baldoquín, director de suelos y control de la tierra, del Ministerio de la Agricultura, en conferencia de prensa.

Como principales elementos sobresale la autorización  a las personas naturales que reciban tierras o ya la poseen para que se puedan vincular e integrar a empresas agropecuarias, azucareras o forestales.

De igual modo se prevé continuar la entrega de tierras en usufructo con el fin de asegurar   el principio de que se mantengan en explotación,, evitar el mal uso del suelo y la pérdida de su agroproductividad, indicó el funcionario.

Será autorizada la entrega a personas naturales de terrenos  ociosos  de la ganadería comercial  para las producciones de cría y ceba de ganado vacuno,  hasta que se demande la utilización según el programa de desarrollo  ganadero y no entregar las tierras destinadas a la producción de leche que tienen su programa.

Soca informó la ampliación del plazo de la vigencia del usufructo de tierras para todas las personas naturales de 10 a 20 años, prorrogables sucesivamente por igual término y para las personas jurídicas por tiempo indefinido  (actualmente es 25 años), siempre que cumplan  con las obligaciones pactadas.

El área máxima  a entregar a las personas naturales que solicitan tierras por primera vez  se incrementa  de 13,42 hectáreas a 26,84 (2 caballerías) y queda establecida igual  extensión para las solicitudes con  destino a la ganadería mayor  y cultivos a realizar en polos productivos.  Está previsto que el área máxima a utilizar por una persona natural  sea de  67,10 hectáreas (5 caballerías) siempre que las condiciones lo permitan.

La siembra de alimento animal  en una parte de las tierras entregadas para el ganado mayor –explicó-   constituirá obligatoriedad  para satisfacer las necesidades alimentarias de la masa que posee. Queda establecido incorporar como nueva causa de extinción del usufructo la utilización de financiamientos ilícitos en el desarrollo de las fincas.

Forma parte de las modificaciones instituir para todas las personas naturales que el otorgamiento de tierras en usufructo se condiciona  a aquellas que puedan trabajar y administrar de forma personal y directa.

También puntualizó que la autorización para la construcción de bienhechurías aumentará  hasta un 3 por ciento del área asignada en usufructo para las producciones agropecuarias y forestales  que lo requieran y previa aprobación de las autoridades correspondientes.

Acerca del cobro de tributos sobre la tierra, Soca adelantó que en fecha próxima se pondrá en práctica la aplicación gradual en los municipios de los impuestos previstos en la Ley Tributaria en lo concerniente al uso, protección y ociosidad de las mismas.

Anunció que está previsto un proceso de capacitación dirigido a todos los que intervienen en el proceso a partir de que sea aprobada la norma  jurídica sobre estos temas.

A pregunta de los periodistas informó que hoy permanecen en las tierras ociosas más de 151 mil personas  en 1,2 millones de hectáreas como resultado de los Decretos Ley 259 y 300.

Se refirió al impacto de esta forma de producción en los hogares cubanos al señalar crecimientos anuales en cultivos como arroz, maíz, frutales, leche y frijoles, aunque aún no cubren las necesidades de la población.

Dijo que las modificaciones  aprobadas  son el resultado del reclamo y propuesta  expresadas por campesinos y sus representantes en reuniones efectuadas en diferentes niveles y forman parte de la actualización del modelo económico cubano.

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