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Principio humanista de la Revolución

Pese a las dificultades económicas que atraviesa  el país y a fin de proteger la maternidad en  la mujer trabajadora, el Estado hizo efectivo un  grupo de medidas, para cuya aplicación tendrá  que, en unos casos, hacer erogaciones de dinero,  y en otros, dejar de ingresar por reducciones  aprobadas en el pago de impuestos. 

Foto: Eddy Martin

 

Estimular la incorporación y reinserción de  las féminas al trabajo, incentivar la fecundidad y  ampliar a otros familiares la participación en el  cuidado de los niños constituyen algunos nuevos  beneficios de las normas jurídicas que entraron  en vigor este fin de semana, a partir de su publicación  en la Gaceta Extraordinaria No. 7.

El carácter humanista de la Revolución se  impone nuevamente, dando continuidad a las acciones  que durante años se han implementado en  favor de la maternidad y ahora agrega con especial  énfasis el interés de atender el creciente  nivel de envejecimiento de la población.

Es así que dos decretos leyes y cuatro resoluciones  integran el paquete de medidas, que responden  a Lineamientos de la Política Económica  y Social del Partido y la Revolución.

Novedades del Decreto Ley No. 339 

Foto: Eddy Martin

 

Su objetivo es conceder derechos a la madre y al  padre trabajadores del sector estatal, para propiciar  la responsabilidad compartida con la familia  en el cuidado y atención de los hijos menores  de edad.

Decreto Ley No. 340 

Modifica las normas de ese propio rango que regulan  los regímenes especiales de Seguridad Social  para los trabajadores por cuenta propia, los  usufructuarios de tierras, los socios de las cooperativas  no agropecuarias y para los creadores,  artistas, técnicos, personal de apoyo; así como de  la protección especial a los trabajadores asalariados  del sector.

Le reconoce a la trabajadora como tiempo de  contribución —a los efectos de obtener derecho  a la prestación económica—, el período durante  el cual la afiliada se encuentra incapacitada de  ejercer su actividad por enfermedad o accidente,  o disfruta de la licencia por maternidad u otras  causas establecidas en la ley. En ese lapso la  exonera de contribuir a la Seguridad Social.

A más niños, menos o cero pago 

La Resolución Conjunta No. 1/2017, de los Ministerios  de Finanzas y Precios (MFP) y de Educación,  dispone un nuevo tratamiento con vistas al  pago de los servicios que se prestan en los círculos  infantiles y seminternados para las madres  con dos o más hijos, en aras de favorecer la natalidad  y aportar facilidades a la mujer trabajadora  o quien esté bajo la custodia de los infantes.

Tratamiento para el pago por los servicios:

Resoluciones No. 5 y No. 6/2017 

Ambas fueron rubricadas por la Ministra de  Educación y la primera modifica lo concerniente  al ingreso a los internados y seminternados de  primaria, para satisfacer la creciente demanda  de las madres trabajadoras de los sectores estatal  y no estatal y las familias más necesitadas.  Otorga mayores facultades y poder de decisión  a los Consejos de Dirección de las escuelas y los  de la Administración Municipales (CAM) para  conceder las plazas, lo cual también agiliza los  trámites. Agrega las opciones que detallamos a  continuación.

Seminternados:

Internados: 

Por su parte, la Resolución No. 6 unifica regulaciones  para el otorgamiento y permanencia  de los niños en los círculos infantiles y la educación  especial, tanto de madres trabajadoras del  sector estatal como del no estatal, atemperadas  a las exigencias de la política demográfica, que  contribuyan a incentivar la maternidad y acorde  con la demanda del desarrollo económico y social  de cada municipio, a partir de las prioridades  que establezcan los CAM.

Resulta una novedad en esta norma legal que  la asignación de plazas para segundo año de vida  en los círculos infantiles será con frecuencia  mensual, a partir de que el niño o la niña hayan  cumplido 11 meses de edad y resulta condición  imprescindible que el menor camine.

Pagar el 50 % de los impuestos 

La Resolución No. 26/2017 del MFP establece medidas  en el sector del trabajo por cuenta propia  para también contribuir a fomentar la natalidad  y la atención de los adultos mayores, como parte  de las políticas aprobadas para frenar el envejecimiento  poblacional.

En sus Resuelvo plantea:

1ro.- Bonificar en un  50 % el pago de las cuotas  mensuales a cuenta del  impuesto sobre los ingresos  personales a las trabajadoras  por cuenta propia  (TPCP) con dos o más hijos  menores de 17 años.

Tal reducción tiene en cuenta los ingresos  económicos del núcleo familiar y se aplica no  solo para quienes aportan la cuota mínima o incrementada  por la actividad que ejerzan, sino  además, para las que contribuyen por el régimen  general de tributación.

2do.- Para optar por esta bonificación, la  TPCP debe:

La Onat tiene 30 días naturales para responder  por escrito.

3ro.- Bonificación del 50 % en el pago de las  cuotas consolidadas mensuales, a los TPCP que  ejercen las actividades de:

 

Para más información puede visitar el sitio www.trabajadores.cu y descargar el PDF de la Gaceta Extraordinaria No. 7.

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