Por Roxana Medina Torres, estudiante de Periodismo
A fin de aclarar dudas en relación con el aporte a la Patria, escribe a nuestra sección el capitalino Ramón Cabrera, trabajador de la empresa Fruticuba.
En su breve carta expresa algunos elementos sobre el tema que pueden conllevar confusiones y constituir violaciones, como la exigencia del pago cuanto antes para cerrar el año y la falta del comprobante o bono que avale lo aportado. Dado que no es el primer caso que recibimos tratando ese asunto, retomamos algunas valoraciones enviadas a esta sección por Neala Santana Betancourt, jefa del Departamento de Organización, de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC).
Cuantía voluntaria
Debemos subrayar que los cambios respecto al aporte a la Patria fueron aprobados en el Pleno 98 de la CTC, en noviembre del 2015.
Hasta entonces, el compromiso de cada afiliado era cotizar su salario de un día en una fecha determinada. Ahora, la modificación fundamental de la política radica en “que el trabajador —sin cifra preconcebida—, aporta de manera voluntaria la cantidad que él decida, es decir, que la cuantía es individual y se efectúa en el mes o fecha que de igual forma estime hacerlo o de manera fraccionada”, subraya la funcionaria.
El principio de voluntariedad constituye premisa cardinal de este movimiento político. Vale reiterar que nadie está facultado para establecer ese acuerdo por otra persona, ni fechas de cumplimiento en nombre del colectivo y hay que respetar la decisión de adeudo de cada uno, enfatiza.
Cada empleado “debe en un primer momento dar su disposición y compromiso, si así lo considera”, precisa.
En su respuesta refiere que a los centros laborales se les orientó en primer lugar, dar a conocer la facultad de los trabajadores de cooperar con el movimiento y que estos a su vez establecieran la cuantía y cuotas que están dispuestos a pagar.
Respecto al comprobante de verificación plantea que “cada sección sindical confecciona el modelo donde quedará reflejado el compromiso individual en lo referente al importe, fecha y cómo hará efectiva su contribución, quedando dicha constancia en la sección sindical para que se controle su ejecución”.
Asimismo explica que en las asambleas de afiliados y trabajadores se ofrece la información sobre cuál será el aporte del colectivo (que es la sumatoria de cada compromiso individual) y ese es el acuerdo para el movimiento Mi Aporte a la Patria.
Es oportuno recordar que, en su momento, de los cambios mencionados fueron impuestos todos los cuadros y dirigentes sindicales de base y cada sección sindical recibió un documento contentivo de las indicaciones, con la orientación de informarlo en las asambleas de afiliados.
Cabe enfatizar que corresponde al sindicato en la base controlar el cumplimiento individual y que el trabajador debe reclamar la entrega del bono acreditativo como reconocimiento a su participación.