La temporada de alza turística que acaba de comenzar debiera servir también como oportunidad para incrementar el salario promedio en una industria que hoy clasifica como la segunda fuente que más ingresos en divisas genera al país.
Esa necesidad de que el salario medio (SM) se acerque a los aportes deviene reclamo en un sector que por dos años consecutivos —2014 y 2015—, tuvo en hoteles y restaurantes la actividad económica de menor SM en Cuba.
Una causa podría asociarse al hecho de que los operarios, cocineros, camareras, dependientes, piscineros… que integran una población laboral amplia, pertenecen a los grupos menos remunerados en la escala salarial cubana.
Ese factor de la escala común al resto del empresariado, se nota aquí de manera acentuada, quizás porque el turismo no ha sido efectivo en la aplicación de sistemas de pago que estimulen el crecimiento de esos bajos salarios, la llave que el país colocó en manos de su esfera de bienes y servicios para abrirle la puerta a tales aumentos.
Fue en el 2015 cuando la extinta Resolución 17 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, sobre sistemas de pago, llegó a la hotelería. Lo que pudo ser un mecanismo asegurador de mayor calidad en los servicios, menos gastos, rentabilidad y, como consecuencia, ingresos que engordaran el salario, no tuvo los resultados esperados.
Pocas instalaciones como la matancera Meliá Las Antillas archivaron el récord de cero penalizaciones al salario, resultado del uso de herramientas de estudio de organización del trabajo, requisito que, como tendencia, quizás se obvió en la red hotelera.
Y si el hecho no menguó drásticamente el SM del año precedente fue gracias a la Ley de Inversión Extranjera y su Resolución 16 que, con el coeficiente dos, duplicó los salarios en los hoteles mixtos (son minoría), distinto a los de otras administraciones que en el 2016 vieron el cielo abierto, cuando la Resolución 6 normó el pago a tiempo para los hoteles todo incluido.
La “solución” ya no castiga los cobros, pero tampoco los deja crecer ni parecerse a la riqueza creada, al aporte individual o colectivo.
Eso no es tan malo, he oído, porque lo que se les priva de buscar por allá, lo compensan por acá con los ¡CUC! del 2 o 3 % de las utilidades que se les reparte, consideración excluyente del hecho de que algunas instalaciones sí lo reciben el año entero, mientras otras apenas tres meses, casi siempre por razones ajenas al desempeño de los empleados.
Pero esas estimulaciones en CUC no forman el monto de la jubilación, afectada también por los bajos salarios de un sector que no debiera contentarse con el pago a tiempo. Aceptarlo así no más es obviar el artículo 109 de la Ley 116, Código de Trabajo: Los salarios también deben pagarse atendiendo a la calidad y cantidad del trabajo hecho.
Y si en un momento ese derecho puede satisfacerse es en la alza, época segura de la llegada de la materia prima, los turistas y, por tanto, cambiante de las condiciones técnico-organizativas, favorables de las formas por rendimiento.
Cualquier iniciativa, sin embargo, chocará contra el desestímulo implícito en el canje de un CUC por CUP para erogar salarios en la moneda que no capta. Ello no niega que el MINTUR pruebe fórmulas que eleven la calidad, atraigan más turistas, más ingresos al país.
Que en tan estratégica economía el salario se valorice como incentivo, convendría a un Estado urgido de que el turismo aporte de acuerdo con sus reales potencialidades, y rinda mayores dividendos, que ayuden también a mejorar, un día, los honorarios en el sector presupuestado.