Para beneplácito del lector, el Sindicato Nacional de Trabajadores de Transporte y Puertos (SNTTP) constató la veracidad de sus planteamientos, como resultado de la investigación realizada por una comisión que integraron dirigentes sindicales de la provincia y el municipio.
En la reunión de trabajo con Luis Moya Rodríguez, director de la unidad empresarial de base (UEB) Transportes Escolares en Villa Clara, y Manuel Valdés Rubén, el administrador de la BTE, se comprobó que la rotura del parabrisas no fue responsabilidad del chofer, quien incluso propuso una solución que fue desestimada.
Esto último fue reconocido por el propio Valdés Rubén, así como que autorizó de manera incorrecta la extracción de piezas y partes de la guagua, violando la Resolución No. 1 del Ministro de Transporte que prohíbe esta práctica, explica Fermín Umpierre Iraola, secretario general del SNTTP en la carta de respuesta fechada el día 2 de marzo. En consecuencia Armando no podía circular y fue reubicado temporalmente, motivo por el cual se perjudicó su salario.
El dirigente sindical expone que en consecuencia el director de la UEB manifestó que adoptaría las medidas correspondientes “en función de las violaciones cometidas y la afectación causada al chofer, además de que en breve tiempo sería preparado el ómnibus y entregado al reclamante listo para salir a trabajar”.
Hasta ese punto era comprensible lo sucedido, pero cinco días después de aquella información llegó a nuestra redacción la respuesta de ese mismo funcionario. Luego de una investigación constataron, dice, “que hubo una mala comunicación y que este mal entendido trajo consigo el lamentable suceso”.
¿El resultado? El órgano de justicia laboral declaró con lugar en parte la reclamación del promovente con relación al salario y sin razón la relativa al ómnibus, subraya en su misiva.
Esto lo sustenta Moya Rodríguez en que el vehículo sí está en condiciones de trabajar, “aspecto que se ha visto limitado porque no ha podido pasar la inspección automotor en tres ocasiones, por tanto no es que le falten piezas”.
Añade que Armando se encontraba interrupto cobrando la garantía salarial referente al año anterior y en enero último como establece la Ley, en tanto ahora ya no le corresponde ese beneficio y volverá a cobrar cuando trabaje, o sea, en cuanto “su carro logre pasar” el referido examen.
Dos visiones, dos respuestas contradictorias en parte sobre un mismo asunto que a todas luces no termina porque quién sabe cuándo el trabajador volverá a laborar.