Alberto González Sánchez, trabajador de la unidad empresarial de base (UEB) de Construcción y Montaje de Las Tunas, manifiesta su desacuerdo con el proceder de la administración de la entidad, al irrespetar las sentencias dictadas por el órgano de justicia laboral (OJL) y el Tribunal Municipal Popular (TMP), respecto a sus demandas.
Cuenta que es chofer y cumplió misión en Venezuela con buenos resultados, pero cuando regresó a Cuba le negaron el derecho de continuar con el camión asignado, que “dejé en perfecto estado técnico y funcionando”.
Le propusieron manejar una rastra, “casi inservible”, y considera que aun cuando la dirección de la empresa compre los recursos se necesitaría mucho dinero a fin de devolverle la vida útil.
Interpreta la oferta como una sanción inmerecida y, además, no posee licencia de conducción para ese tipo de equipo, ante lo cual sus superiores le sugirieron iniciar los trámites para alcanzarla, una decisión objetable, pues como él dice, tiene casi 60 años de edad y trabaja en esa entidad desde 1990.
González Sánchez enfatiza en su carta que la propuesta del empleador también constituye una violación de su contenido laboral, refrendado en el contrato pactado entre las dos partes.
Ante esa situación expresa que apeló al OJL, que dio con lugar la reclamación y dispuso el reintegro a su plaza, al igual que la decisión del TMP, en su sentencia No. 27. Sin embargo, plantea que el 18 de septiembre recibió de la administración de su centro de trabajo el dictamen No. 97, que contradice lo indicado anteriormente.
Resulta evidente que algo anda mal. Solo añadir que constan en los archivos de esta sección casos que demuestran una perniciosa tendencia en el sector empresarial a demorar, o peor aún, a incumplir resoluciones laborales a favor del demandante, en franca irreverencia al orden institucional del país.