En su condición de jefe del Departamento de Asuntos Laborales y Sociales de la CTC nacional, Roberto Betharte Mazorra está muy al tanto de lo que ocurre en el país, relacionado con la contratación laboral. “Como parte del sistema de trabajo implementado por nuestra esfera, se están realizando visitas especializadas a colectivos laborales para conocer el cumplimiento de la implementación del Código de Trabajo y las disposiciones complementarias; en estos controles se ha evidenciado, en un número importante de centros, que no siempre se cumple con lo legislado y lo pactado entre el empleador y el empleado en los contratos establecidos.
“Existen entidades en las cuales se labora por encima del promedio anual de horas mensuales (190.6 h/m) y no son remunerados en función del tiempo real trabajado; se viola el régimen de trabajo y descanso; porque no hay una correspondencia entre lo que se labora y el descanso; y no siempre las condiciones de trabajo son las más adecuadas para el desempeño de sus funciones.
“Por ejemplo, en una excelente cooperativa no agropecuaria perteneciente al sector del Comercio y la Gastronomía, en el municipio de Las Tunas, la económica nos explicó que los cocineros laboran cada dos días, 14 horas diarias, y que reciben ingresos personales superiores a los 2 mil pesos cada mes.
“En estos momentos, un cocinero solicitó la baja y el otro está bajo certificado médico y le preocupa que los dos restantes contratados por tres meses soliciten también su baja antes de finalizar el período, a pesar de las buenas condiciones de trabajo.
“Las causas son evidentes, pues estos cocineros no poseen ayudantes porque son integrales, incrementándose la intensidad de trabajo, lo que pone en riesgo su salud.
“El capítulo VII de la Ley 116, en su artículo 74, establece las relaciones de trabajo especiales entre personas naturales, el cual refrenda los derechos mínimos que debe garantizar el empleador, entre ellos, que la jornada diaria sea de ocho horas y pueda llegar en determinado día de la semana hasta una hora adicional, siempre que no exceda del límite de 44 horas semanales.
“Al movimiento sindical le corresponde exigirles a los empleadores el cumplimiento de la legalidad socialista, y en tal sentido tiene que hacer mayor uso de los convenios colectivos de trabajo. Sobre todo en el sector estatal hay que lograr mayor vinculación con la base y evaluar estos asuntos con los organismos de relaciones en cada territorio”, así resumió el dirigente sindical uno de los problemas que aquejan la contratación laboral en el proceso de cambios que experimenta el modelo económico cubano.