Con motivo de la próxima visita a Cuba de Su Santidad Francisco, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social dictó la Resolución No.21/2015 que establece el tratamiento laboral y salarial de los trabajadores que asistan a las actividades previstas del 19 al 22 de septiembre, en las ciudades de La Habana, Holguín y Santiago de Cuba.
El sitio digital del periódico Granma refiere que la resolución publicada y firmada por la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, Margarita González Fernández, establece que “los jefes de las entidades de las ciudades de La Habana, Holguín y Santiago de Cuba y los municipios aledaños a esos territorios, facilitan la participación organizada de sus trabajadores en el recibimiento, las misas, actividades públicas y despedida, programadas en ocasión de la visita del Sumo Pontífice”.
“Los trabajadores que participan en dichas actividades recesan sus labores y cobran el salario básico que corresponde al tiempo de la jornada laboral en que asisten a esos eventos”.
“Se exceptúan de recesar las labores relacionadas con la zafra azucarera y otros trabajos agrícolas urgentes, industrias de procesos de producción continua, labores inaplazables de carga y descarga, servicios de transporte y su aseguramiento técnico indispensable, hospitalarios y asistenciales, farmacias, expendios de combustible, funerarias, jardines vinculados con estas y cementerios, servicios de hospedaje, centros turísticos, comunicaciones, trasmisiones de radio y televisión, servicios públicos básicos, actividades de pesca y otras autorizadas por la ley”.
Con el objetivo de facilitar la participación en las actividades masivas previstas durante la visita, se decidió mantener funcionando los círculos infantiles, las escuelas especiales y el primer ciclo de las primarias, y suspender las clases en los demás niveles de enseñanza, en los municipios de Holguín, el lunes 21, y Santiago de Cuba, el martes 22.
El Papa Francisco será recibido el sábado 19 de septiembre y el lunes 21 en La Habana y Holguín, respectivamente y será despedido el martes 22 en Santiago de Cuba.
Oficiará misas públicas el domingo 20 en La Habana y el lunes 21 en Holguín y se realizarán otras actividades en Santiago de Cuba, el martes 22 de septiembre.
Tomado de AIN
La Resolución 21/2015dice en su resuelvo primero Los jefes de las entidades en las ciudades de La Habana, Holguín, Santiago de Cuba y de los municipios aledaños a estos territorios, facilitan la participación organizada de sus trabajado-res en el recibimiento, las misas, activida-des públicas y despedida, programadas en ocasión de la visita del Sumo Pontífice.
Los trabajadores que participan en di-chas actividades recesan sus labores y cobran el salario básico que corresponde al tiempo de la jornada de trabajo en que asisten a estos eventos
¿Que considera municipios aledaños?
¿El derecho al cobro está condicionado, a que la presencia del Trabajador, sea por iniciativa y decisión del jefe de las entidades?
Por ejemplo si yo vivo en San Juan y Martínez provincia de Pinar del Rio y deseo por fe, participar en la misa por pura iniciativa mía y convocado por mi obispo y no del jefe de la entidad laboral, donde laboro, y además iré en trasporte que la Diócesis a puesto, en favor de los feligreses , ¿tendré el derecho a el referido receso decretado? Y mas ¿es mi municipio aledaño a los efectos de esta resolución?
Creo el termino aledaño es ambiguo, lo que a mi sucede, es aplicable a trabajadores de las Tunas , Granma, Guantánamo, etc, pero si tenemos en cuenta que ningún municipio de Pinar del Rio hace limite con la Habana ya que media entre ambas provincias, la Joven Artemisa , entonces se hace mas retorcido el derecho referido .
Hola, pero tenemos entendido que a los trabajadores no se le pagara el salario completo de ese día, puede usted aclararme el asunto. Saludos Rafael
Amigo Rafael, según la ley , cuando se decreta receso laboral el trabajador cobra su salario básico, pero lo que sucede con la resolución 21/2015 no es muy clara
Dice
Los jefes de las entidades en las ciudades de La Habana, Holguín, Santiago de Cuba y de los municipios aledaños a estos territorios, facilitan la participación organizada
Entonces queda tu participación, retribuida, a la voluntad o incitativa de tu jefe pues no dice que está obligado a permitir tu participación. y te aclaro si es una visita pastoral , debían asistir aquellos , que consideran al Papa su pastor, y no veo por qué tu jefe tenga q facilitarte nada, salvo el pago de tu salario …
Por otra parte ¿que se considera municipio aledaño?, y ¿por qué solo ellos? , Francisco I viene a Cuba como Pastor de la Iglesia, debían permitir q todo católico , pueda participar a las celebraciones , si afectación salarial
Por eso le reitero amigo tenemos un cuerpo legal no muy claro . mi consejo vete a la celebración , si lo deseas , q por un dia de salario nada te va a cambiar
Por qué en Nuevitas, municipio de la provincia de Camagüey, las personas que vayen a la Misa del Papa Francisco, le afectarán en sus salarios.
Por qué ese proceder?
La resolución prevista para las 3 provincias, es muy escueta y deja a los otros territorios, sin amparo, legal para el trabajador, estatal que quiera ir a la Misa!