Diferentes interpretaciones, una realidad

Diferentes interpretaciones, una realidad

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Foto: Joaquín Hernández Mena
Foto: Joaquín Hernández Mena

Hugo Pons, Doctor en Ciencias Económicas       

Diferentes interpretaciones se escuchan en ocasiones para identificar la actividad laboral que ejerce una persona, en tanto es capaz de propiciar por sí misma la satisfacción de las necesidades de otros, mediante un producto o servicio, resultante de sus recursos y esfuerzo personal.

La actividad del trabajador por cuenta propia  se reconoce como importante para contribuir a elevar la calidad de vida de la población, mediante la aplicación por los individuos de las habilidades, del conocimiento  adquirido, de la destreza y el ejercicio calificado que de manera particular son capaces de realizar, además de los recursos de que dispone para desempeñar su labor.   

La consideración en los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución dan fe de ello, cuando en su contenido identifica ese quehacer individual como forma no estatal de gestión, aplicable donde sea conveniente, que contribuye a que el trabajo sea la forma principal de obtención de ingresos de la población.

Esencialmente, el trabajo por cuenta propia, como parte del proceso de reestructuración del empleo y de extensión de las  posibilidades para incrementar los ingresos  personales, siempre mediante el trabajo, y que contribuye también a liberar las fuerzas  productivas al elevar  la producción y  ampliar  el espacio para la creati vidad en la solución de problemas cotidianos y de más largo plazo.

Desde esa óptica, es también un acicate para que se eleve el grado de competencia que debe impulsar la efectividad en la producción y los servicios con la participación de todas las formas de gestión.

Sin embargo, es necesario acercarse a una definición en la que se circunscriba esa modalidad como concepto, en el que se identifique la diferente manera de participar en un proceso productivo o de servicio, respecto a otras formas de gestión no estatal.  Básicamente, por la manera en que se organiza  este  y se apropia el resultado del trabajo y su expresión monetaria.

Desde aquella visión, se asume, en coincidencia con las normas metodológicas establecidas por la Oficina Nacional de Estadística  e Información, que son aquellos trabajadores  que siendo propietarios o no de los medios  y objetos de trabajo no están sujetos a un contrato laboral con entidades jurídicas, y la remuneración que reciben por su trabajo o servicio no adopta la forma de salario.  

La modalidad de trabajo por cuenta propia se regula mediante la Resolución 32/2010  del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y ha de ser debidamente autorizada y registrada en la Oficina Nacional de la Administración  Tributaria (Onat) donde deben pagar  los impuestos según lo normado para la  actividad  de que se trate.

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