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Protección, ¿por tiempo determinado?

caiEl chofer santiaguero Arturo Vázquez Sardiña está postrado después de ser víctima de  un accidente a mediados de  febrero, mientras cumplía su  turno de trabajo en el complejo azucarero industrial  (CAI) Dos Ríos, donde estaba  contratado durante el período de zafra, por la empresa  Tranzmec, de Palma Soriano,  en Santiago de Cuba.

Un hueco de cinco metros de profundidad fue el causante de su desgracia. Por desconocimiento este lector se precipitó en el agujero abierto  por el personal que laboraba  en el basculador que “conduce a las esteras por donde se  transporta la caña”, y aclara  que no había señalización indicando el peligro o no acceso  al lugar.

Varias lesiones y fracturas, dos de ellas en la columna, lo llevaron al salón  de operaciones en repetidas  ocasiones y ahora le impiden  caminar. Algo lamentable  de este caso, aparte de esas  consecuencias físicas, es que  durante este tiempo Arturo  no fue atendido por ningún funcionario o representante sindical del CAI o la empresa, según afirma en el texto.

Como si fuera poco, su siniestro no se consideró un accidente laboral. “Cobré 166 pesos de certificado médico teniendo en cuenta la escala de salario mínimo de un chofer. Y hace unos días me comunicaron que no me podían  seguir pagando porque el  contrato era mientras durara  la zafra”, explica.

Además, agrega que cuando le saldaron el último certificado le informaron que el anterior no se lo abonaron porque entró fuera de fecha (dos días después del cierre), lo cual indica “que de todas formas no me lo reportaron para que saliera este mes”, subraya.

La gran interrogante de Arturo es si existe una ley que ampare a los trabajadores contratados por tiempo determinado cuando son  víctimas de accidentes laborales. |

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