Calcular la jubilación es una inquietud que nuestros lectores manifiestan frecuentemente en sus misivas, pues los casos, aunque podrían parecer iguales, siempre tienen un detalle diferenciador.
En esta oportunidad compartimos la respuesta de Ana M. Martín Pérez, jefa de departamento de Trámite de Pensiones del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass), a la inquietud de Benjamín Antonio Garrido Baños sobre las variaciones en el monto de la pensión para los reincorporados al trabajo después del retiro.
Recordemos que la Ley 105 del 2008 de Seguridad Social establece que el jubilado por edad que vuelve a la vida laboral puede solicitar el incremento de su pensión cuando decida cesar en el empleo, lo que se sumará a la cuantía original de la retribución; además se deberá tener en cuenta la edad y el tiempo de labor acreditado.
Por cada año de trabajo con anterioridad a alcanzar los 65 años de edad, si es hombre y documenta menos de 30 años de servicios, se le incrementa el 1 % del nuevo salario promedio, puntualiza la especialista.
Como hemos explicado en otros artículos, la cuantía del aumento de la pensión se determina sobre el salario promedio mensual que resulte de los mayores salarios devengados por el trabajador, seleccionados dentro del período laborado con posterioridad a su incorporación.
Si el sueldo promedio mensual excede de 250 pesos, el cálculo de la pensión se efectúa sobre la cantidad que resulte de tomar hasta esa cifra en un 100 % y el exceso de esa cantidad en un 50, agrega.
Una vez alcanzados ambos requisitos, de 65 años o más de edad si es hombre y 30 años de servicios, se incrementa en un 2 % por cada año trabajado con posterioridad al derecho concedido inicialmente, del nuevo salario promedio.
En el caso específico del lector, que acreditó primero 61 años de edad y 47 años de servicios, se le concedió una pensión original de $278.98 mensuales, que se le incrementó a $340.00 en virtud de los aumentos efectuados por rangos de cuantía en mayo del 2008.
Con posterioridad a su retiro laboró y atestiguó cuatro años antes de cumplir los 65 años de edad, explica la especialista, correspondiéndole aplicar el 4 % sobre el nuevo salario promedio mensual ascendente de $428.18 ajustado, de lo que resulta la cantidad de $17.12.
Luego de alcanzar los 65 años de edad laboró 3 años, equivalentes al 6 %, que sobre el salario promedio mensual de $606.36, resulta la cantidad de $36.38, para un total general de $53.50.
Su pensión creció entonces a $332.48 mensuales, para un total de $372.48, en virtud de los aumentos efectuados por rangos de cuantía a partir del 2008.