“En nuestro centro los trabajadores están disgustados con el sistema de pago aplicado, porque en vez de beneficiarnos nos ha perjudicado”, afirmó en nombre del colectivo Gloria Pérez, operaria y secretaria de la sección sindical de la dulcería La Nueva, en Holguín.
“Esta situación la hemos analizado en las asambleas de producción y elevado a las instancias superiores, seguimos trabajando mucho y ganando poco, hay meses que cumplimos el plan y apenas cobramos siete u ocho pesos por encima del salario básico.
“Nosotros no entendemos por qué no nos pagan más, pues los compañeros del punto de venta, que está situado aquí mismo, pero son de otra empresa, ganan casi 600 pesos por comercializar nuestras producciones”.
Mas no se trata de un caso aislado, unos 3 mil trabajadores de cerca de 200 unidades productivas de la Empresa Provincial de Alimentos siguen sin recibir los beneficios de la Resolución 17 del 2014, encaminada a estimular los resultados productivos.
¿A qué se debe esto?, pues a las dificultades afrontadas con la disponibilidad de materia prima, la disminución del valor agregado planificado y las ventas, según el criterio del subdirector de la entidad, Meinardo Guerrero Zaragoza.
Teniendo en cuenta que estos cambios no estaban previstos en el plan económico y para no seguir perjudicando a los trabajadores, la dirección de la empresa elevó la propuesta de suspender de forma temporal la aplicación del pago por rendimiento y pasar a tiempo.
Una situación similar presenta la procesadora de la industria pesquera Holguinera, donde por lo regular solo laboran de 10 a 15 días en el mes, debido precisamente a la falta de pescado fresco para procesar y elaborar picadillo, hamburguesas, croquetas y filetes, entre otros.
“Hace rato que no nos empatamos con 300 pesos o más de sueldo; hay muchas interrupciones y nos penalizan por eso, llevamos varios meses en lo mismo; dicen que van a hacer un estudio, pero nada”, aseguró enfático el procesador Jorge Madrigal.
En este establecimiento, como en otros, los trabajadores directos a la producción, que son los encargados de transformar la materia prima y darle valor agregado, están vinculados a los resultados finales, mientras comerciales y demás indirectos perciben el salario por las ventas.
La subdirectora de Recursos Humanos, Milagros Campos Rodríguez, aclaró al respecto que no se puede pagar sin respaldo productivo, como establece la 17, legislación concebida para entidades con estabilidad productiva y aseguramientos materiales.
En la Empresa de Productos Lácteos enfrentan esta disyuntiva con la aplicación simultánea de sistemas de pago a destajo y por resultados en el caso de los directos, lo cual ha permitido equilibrar un tanto la balanza con los indirectos.
El director de Capital Humano, José Mosquera, señaló que la evaluación de los tres primeros meses demostró la necesidad de revisar los sistemas de pago a partir de los rendimientos alcanzados y las producciones topadas.
No obstante, reconoció el directivo, siguen afrontando dificultades porque los gastos se mantienen altos por la obsolescencia tecnológica de la mayor parte del equipamiento y el imperativo de garantizar entregas normadas a la población.
Mayor protagonismo sindical
A casi un año de su puesta en vigor, los resultados en la aplicación de la Resolución 17 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) no se corresponden con las expectativas generadas en cuanto al aumento de la productividad y los salarios.
Un informe evaluativo del MTSS en la provincia de Holguín consigna que al cierre de diciembre la productividad individual en el sector empresarial llegó a 3 mil 602 pesos y el salario medio creció en 73 pesos.
Los discretos avances cuantitativos y el hecho de que los directos a la producción sean los menos beneficiados en muchas entidades confirman cuánto queda por hacer en el empedrado camino de la eficiencia.
De acuerdo con el mismo documento todavía un grupo de 19 empresas realizaban pagos sin respaldo productivo, la mayoría de importantes sectores de la economía, como el níquel, la agricultura, la construcción y el azúcar.
Según Alcides Betancourt Caraballo, quien atiende esta tarea en el Secretariado provincial de la CTC, esto se debe a problemas organizativos y de aseguramiento material que siguen estando presentes en el sistema empresarial.
No podemos olvidar, indicó, que la Resolución 17 está encaminada a lograr mayor eficiencia, a través del incremento de la productividad y el ahorro de recursos, y que esto repercuta en el salario de los trabajadores.
Dijo que tales objetivos se pueden alcanzar siempre y cuando se haga una correcta planificación de los indicadores de productividad, los gastos, las materias primas y demás recursos, como lo vienen demostrando en la empresa de cigarros Lázaro Peña.
Por eso llamó a los dirigentes sindicales en los diferentes niveles a desempeñar un papel mucho más activo a la hora de realizar la planificación y las contrataciones, de modo que se puedan exigir indemnizaciones en caso de incumplimientos.
“Tenemos que ser cuidadosos a la hora de programar los indicadores directivos de cada entidad, cómo va a cumplir con el encargo estatal, las ventas netas, las utilidades y el límite de gasto de salario por peso de valor agregado bruto”, subrayó.
Planificar mejor
Lo que viene sucediendo en esta provincia, donde priman las insatisfacciones por encima de las satisfacciones en cuanto a los beneficios salariales de la 17, demuestra que es necesario planificar en correspondencia con las posibilidades reales.
La nueva legislación establece que los trabajadores pueden estar comprendidos de manera simultánea en más de una forma de pago por rendimiento, es decir, a destajo y por resultados, de acuerdo con su aporte.
Sin embargo, no siempre se cumple con lo dispuesto, en perjuicio del trabajador, pues la misma Resolución exceptúa de penalizaciones por deterioro del gasto de salario por peso de valor agregado bruto a quienes están acogidos a un sistema de pago a destajo.
La forma de pago por rendimiento, señala el documento, es financiada por las empresas, en correspondencia con los indicadores productivos aprobados en el plan y sus posibilidades económicas, sin que se restrinja cuánto dinero se puede percibir.
Pero si se deteriora el gasto de salario por peso de valor agregado bruto, el sueldo base de cálculo se afecta hasta el límite mínimo del país, fijado en 225, como viene sucediendo en numerosas dependencias holguineras.
El propio articulado dictamina que la forma de pago por rendimiento se aprueba anualmente en el proceso de elaboración del plan por los presidentes o directores de las organizaciones superiores, previo acuerdo con el sindicato en el nivel correspondiente.
El dirigente sindical tiene que participar en la aprobación, pero, por falta de preparación, muchas veces lo hace formalmente, sin emitir criterios ni exponer las preocupaciones del colectivo obrero.
Todo esto evidencia que todavía queda mucha 17 por donde cortar, es decir, mucho que hacer para que tal Resolución cumpla sus objetivos de contribuir a incrementar la producción y los servicios con calidad, reducir los gastos y beneficiar salarialmente a los trabajadores.
en mi empresa yo que produsco tengo un plan para ingresar 4000 pesos mensuales, si no llego me afectan, y si me paso me estimulan menos que los que no producen nada, porque ellos ganan si cumplen su plan de trabajo que basicamente es firmar la tarjeta de 8 a 5 y si sobrecumple la empresa se benefician por encima, y su salario escala es mayor al mio.
Yo creo que el problema no esta en si en la 17, aunque muchos trabajadores la veamos como la causa de nuestros males (los $225 que nos llevan a la pobreza extrema), creo que el problema está en que todas las administraciones no tienen la competencia requerida o le falta capacidad de adaptación a lo que el país le esta exigiendo y lo otro es el medio ambiente que rodea a las empresas cubanas por ejemplo la interacción entre empresas suministradoras y servicios prestados a los clientes, la inestabilidad de los suministros y materias primas, la falta de personal calificado en las distintas etapas del proceso productivo. Etc.
Hoy lo que más quisiera es que mi empresa cumpla; primero con lo objetivos planificados y contribuya así con lo que nos pide la dirección de la país y segundo cobrar al menos mi salario básico, para poder seguir dando lo mejor de mi en la consolidación de nuestro sistema social. Muchas gracias…
¿Por qué no publicar los ejemplos positivos, cómo lo han logrado, cuál o cuáles son los sistemas aplicados, cómo se forma el salario, cómo se distribuye? no tengo todos los elementos para cuestionar o no, pero si conozco en varios lugares está dando resultados y según criterio de muchos trabajadores han mejorado con respecto a lo que existía antes de la 17, lo que si nos tiene que quedar claro es que sea el sistema que sea debe estar sobre la base de la eficiencia, de lo contrario, no se podrán alcanzar los objetivos propuestos y el desarrollo que poco a poco se irá introduciendo a partir de las utilidades y la flexibilización que ha tenido lugar en las empresas, lo que si me parece es que el valor Agregado Bruto no debe ser tan restringido y tener en cuenta la propuesta de las empresas en función de lo que se planifica.
el problema no está en que la resolución 17 favorezca o no, sea positiva o no. es que cuando se aprobó, primero la aprobó la CTC, luego a los trabajadores de base se les pintó un cuadro irreal,tras un año la prensa cubana está llena de artículos y opiniones en contra, la calle está llena de opiniones mucho más «calientes» y no se rectifica.
La CTC no promueve encuestas, no se retroalimenta, no quiere indagar la opinión de sus afiliados tras un año de aplicación? Algo anda mal.
Puede darse una explosión social puntual en algún centro de trabajo grande, las medidas son casi neoliberales en algunos aspectos.
El problema debe estar en el plan, si se planifica un plan con respecto al real del año anterior con la correlación salario medio contra el valor agragado y es 1, no se debe pagar menor salario por igual producción que la del año anterior.
mire BCS, NOSOTROS, HASTA 2012 ESTABAMOS CUPLIENDO UN PLAN DE PRODUCIÓN DE 5 MILLONES DE PESOS, Y DE LA NOCHE A LA MAÑANA, SE ORIENTO BAJAR EL PLAN A 3 MILLONES DE PESOS, ENTONCES, ME PARECE QUE EL PLANIFICO LA ECONOMIA NO TUBO PRESENTE EL AÑO ANTERIOR Y LEY 17, PARA NOSOTROS ES UN SUEÑO, REALENTE ES MEJOR SEGUIR TRABAJANDO COMO ESTABA ANERIORMENTE, CUMPLIAS TU PLAN Y SABIAS QUE POR EL 30 % TENIAS UN SALIRIO FIJOPQUE COBRAR, EN MI CASO 540 $,AHORA SOLAMENTE SE COBRA 340 $, Y DESDE QUE HICIERON UNA SOLA EMPRESA A NIVEL NACIONAL, UTILIDADES ESTAN A 50 AÑOS LUZ DE PODER COBRAR, CLARO SI LOS DE LA EMPRESA NACIONAL FELICIDADES COBRAN TODOS LOS BENEFICIOS, UN SALUDO
Resolución 17 del 2014. Es una Resolución que se puede considerar como inconstitucional por violar el derecho de los trabajadores de percibir su salario nominal.
Eso es lo primero que nuestros dirigentes sindicales debieran estar defendiendo, nuestros derechos y no lo que otros tecnócratas les han instruido defender.
Es muy cierto, a casi un año de su puesta en vigor, los resultados en la aplicación de la Resolución 17 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) no se corresponden con las expectativas generadas en cuanto al aumento de la productividad y los salarios.
Siento enorme inconformidad por los resultados de la aplicación de la Resolución 17, su aplicación no es coherente con los diferentes sistemas empresariales que conforman la empresa solcialista no solamente en mi empresa sino en la mayoría de las empresas donde ha sido aplicado dicha resolución:
1) que no se deteriore el gasto de salario por peso de valor agregado bruto planificado para el periodo, es un coeficiente que pudiera dar una idea de la eficiencia empresarial y que puede determinar el pago de plus al trabajador pero que no puede influir en el pago del salario básico de un trabajador, como plantea este economista, «ni en las economías más neoliberales se les disminuye el salario a los trabajadores. Se les puede “botar”, pero no rebajarles el salario en dependencia de los resultados económicos de cada mes». Es un error garrafal pretender alcanzar una eficiencia económica afectando el salario de los trabajadores cuando todos reconocen «que el salario es parte del valor agregado» (Una explicación sobre el particular puede encontrarse en el Tomo I de El Capital). «Sustituir el principio “a cada cual según su trabajo” por la vinculación del salario a los resultados de la empresa, así como pretender resolver la problemática salarial mediante este sistema de pago al margen de los elementos que conforman el sistema salarial (escalas, calificadores, tarifas, etc.) solo traerá incrementar los problemas actuales en el ámbito de la política laboral del país». «A los trabajadores se les debe respetar sus salarios, y si la empresa obtiene resultados positivos en sus indicadores de eficiencia se les podría estimular con un incremento del mismo». La “vinculación del salario de los trabajadores a los resultados económicos de la empresa” es un proceder desacertado. ¿cómo se puede vivir en la Cuba actual con 225 pesos?
2) las empresas de alta tecnología que están estructurada por áreas de investigación, I+D, producción, servicios y comercialización, no pueden acogerse a esta Resolución pues el valor agregado bruto tendría que aplicarse solamente donde existe producción material. El presupuesto de las áreas de investigación e I+D, debieran sacarse del 50% de las utilidades que este tipo de instituciones entregan al Estado porque el Estado está obligado en invertir en la investigación básica. De no tener en cuenta estas consideraciones el VAB para este tipo de empresas debiera ser diferente al que se ha tomado como indicador.
3) ¿Cómo podría entender un buen trabajador que ha cumplido con dedicación y eficiencia su trabajo que el salario de un mes se le reduzca drásticamente? ¿Lo entendería su familia?, ¿quien vive en Cuba con 225 pesos cubanos?
4) Esta resolución no incluye un coeficiente que favorezca a las empresas exportadoras, por lo tanto, es lo mismo vender 100 millones de pesos en Cuba que 100 millones de usd. ¿Pudiera el VAB tener en cuenta esta condición?
En resumen, esta Resolución no responde a las espectativas de los trabajadores cubanos, es un error haberla implementado.
De ello se habla por doquier , artículos miles en contra pues se ha demostrado que es inaplicable en la mayoría de los centros por cada una de las razones que se han expuesto , evidentemente quienes la inventaron y defienden no cobran por esta forma de salario(o sea por los resultados económicos),no sé si en el futuro se podrá ,pero es inaceptable que se trabaje como «mulos» esperando estimulación y resulte que despúes por causas ajenas no se cumpla el plan (como sucede en muchos casos) y quieran entonces llevarle el salario al trabajador hasta $225.00 o no pagarle dicha estimulación ,creo que es un insulto a la inteligencia de los cubanos honrados y trabajadores pero no bobos ….. pues se sabe que con el salario que se paga hoy en la EMP. Estatales en su mayoria no se vive o se mal vive ………….por ello espero que se analice en toda su magnitud las implicaciones que podrá tener en la parte de la población que trabaja en estas Emp. y que somos bastantes, en mi caso pertenezco al Mintur y tenemos muchas Entidades con este mismo problema y en este caso mi Centro Laboral .
Recomiendo a todos un comentario del Profesor>Lázaro González Rodríguez el 14 enero, 2015 a las 11:07 en un articulo de la pagina http://www.trabajadores.cu/temas/resolucion-17-del-mtts/ donde expone con mucha claridad ,objetivamente el porqué es imposible esta aplicación , considero que es el mejor articulo o comentario que he leído sobre el tema pues es la realidad de los que hoy estamos trabajando y viviendo la incertidumbre si cobraremos o no………..
Solo doy nuevamente gracias a este Profesor que me aclaró con palabras muy elocuentes y claras de lo que me faltaba,por ello recomiendo a todos su consulta y lectura ……..