Una inquietud sobre el cobro mensual de la cuota sindical y su posible variación es respondida desde el departamento de Organización de la CTC Nacional.
Su jefa, Neala Santana Betancourt, expone que el capítulo 3, sección 3.2 del Manual de Normas y Procedimientos para los centros de control de la afiliación, establece cómo se elaboran los potenciales de la cotización y aporte al Día de la patria.
“El potencial se modifica y actualiza en cada sección sindical de modo sistemático, cuando se realiza algún movimiento en el centro de control, a partir de las altas y bajas o los cambios de escala necesarios”, aclara.
Durante el XX Congreso de la CTC fueron modificados los estatutos de la organización y específicamente en el capítulo II: De la afiliación a los sindicatos. Derechos y deberes de los afiliados.
El artículo 7 plantea que todo afiliado tiene el deber de abonar y mantener al día el pago de la cuota sindical, según mes vencido; “aspecto que rige desde el 1º de abril del 2014”, precisa.
Al finalizar su carta, la funcionaria señala que el manual está en fase de actualización y modificación basándose en los acuerdos del magno evento de los trabajadores cubanos. Próximamente será aprobado y distribuido, agrega.