por Jorge Lezcano (ex funcionario de la Asamblea Nacional del Poder Popular)
Ahora que se inicia el último proceso de rendición de cuenta de los delegados a sus electores del presente mandato, y que se aproximan las nuevas elecciones parciales del Poder Popular, se reanima el debate sobre la necesidad, importancia y credibilidad de este vital e imprescindible procedimiento democrático para el sostén y fortalecimiento del sistema político cubano.
Muchos son los electores que no asisten a las reuniones con el argumento de que no se resuelven los planteamientos que reiteradamente formulan (año tras año cada proceso comienza con la existencia de miles de planteamientos no resueltos); otros plantean que la inasistencia de los dirigentes administrativos que deben resolver o explicar el motivo de la no solución inmediata de los problemas, convierten la reunión en una pérdida de tiempo y en falta de respeto a los electores; no son pocos los que responsabilizan al delegado por ambas situaciones, o sea, por los problemas no resueltos y la inasistencia de los administrativos.
Lo cierto es que, sean estas u otras las razones, desde hace tiempo viene disminuyendo el número de personas que asisten a las reuniones de rendición de cuenta y que no son pocas las que se celebran con baja asistencia, lo que hace evidente las muestras de su cuestionamiento y pérdida de credibilidad. Incluso, entre los delegados, hay quienes opinan que debe extenderse a un año el tiempo de su realización, considerando que cada 6 meses es muy poco el espacio para la tramitación y solución de los planteamientos.
Si nos ajustáramos al llamado del compañero Fidel sobre la necesidad de cambiar el método y estilo de trabajo de los dirigentes, lo que se impone, como él ha indicado al respecto, es razonar y reflexionar sobre las causas que provocan este fenómeno; en particular, cuando ya han pasado 37 años desde que los delegados rindieran cuenta a sus electores por primera vez.
No se trata en lo absoluto de cuestionar el concepto, sino más bien de analizar los procedimientos que se están aplicando en todas las etapas del proceso y la manera en que cada cual considera que está cumpliendo lo que estipula la ley.
La rendición de cuenta es un precepto constitucional, forma parte de los principios de organización y funcionamiento de los órganos del Estado, que como lo establece el artículo 68 de la Constitución de la República de Cuba, “las masas populares controlan la actividad de los órganos estatales, de los diputados, de los delegados y funcionarios”, y “los elegidos tienen el deber de rendir cuenta de su actuación”. En el artículo 112 precisa, entre las obligaciones de los delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular, la de rendir cuenta periódicamente a sus electores de su gestión personal; siendo el Reglamento de la Asamblea Municipal, aprobado por el Consejo de Estado, el que determina que tal obligación debe cumplirse por lo menos dos veces al año.
Si a estas normativas agregamos que nuestra Carta Magna establece en su artículo 66, que “El cumplimiento estricto de la Constitución y las leyes es deber inexcusable de todos”, queda totalmente demostrado que el proceso de rendición de cuenta está fuera de cualquier cuestionamiento y que es obligación de todos cumplir la parte que a cada cual le corresponde.
Esas razones explican también que el hecho de que sea el delegado el único que rinde cuenta de su labor no exonera a otros muchos de responsabilidades legales para que cada paso del proceso se desarrolle cabalmente; cuestión esta que al ser ignorada lacera los buenos resultados de la reunión y el trabajo del delegado.
Esta afirmación se fundamenta en lo que expresa el Reglamento de la Asamblea Municipal del Poder Popular en su artículo 53, que decreta que los delegados recibirán de los órganos, organismos y demás entidades estatales la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus deberes, que incluye, por supuesto, la rendición de cuenta.
El Reglamento de las Administraciones Locales del Poder Popular determina en su artículo 21, que el Consejo de la Administración tiene entre sus atribuciones exigir a las direcciones administrativas, organizaciones empresariales y unidades presupuestadas ubicadas en el territorio, que den soluciones adecuadas a los problemas planteados por la población o explicaciones convincentes sobre los casos que no tengan solución inmediata o a corto plazo, y que brinden informaciones de calidad a los delegados de las asambleas del Poder Popular.
A su vez, la Ley 91 de los Consejos Populares en su artículo 22 fija entre las atribuciones de sus presidentes, las de “organizar, en cuanto le concierne, con los delegados de circunscripciones, el proceso de rendición de cuenta a los electores, en coordinación con las organizaciones políticas y de masas.
Estas referencias sobre lo que las normas establecen demuestran las obligaciones que tienen organizaciones, instituciones y empresas con el proceso de rendición de cuenta, y que, cuando no las cumplen, afectan la credibilidad del delegado, debilitan al Poder Popular y a la institucionalidad del país.
El diagnóstico de las causas que están provocando el estancamiento en que se encuentra el proceso de rendición de cuenta no es suficiente para revertir la situación, sino que se requiere también promover nuevas ideas y es por lo que sugerimos algunas medidas que pudieran adoptarse al respecto.
- Concebir la rendición de cuenta como un proceso continuo, sistemático y permanente, por lo que debe planificarse y organizarse de manera ininterrumpida, de forma tal que el delegado nunca deje de recibir el apoyo y la información que necesita, ni deje de hacer gestiones para la solución de los planteamientos.
- Que el Consejo de la Administración Municipal informe sistemáticamente a los presidentes de los Consejos Populares y a los delegados acerca de los análisis que realiza con las entidades del territorio sobre el estado de cumplimiento de los planteamientos, eliminando así el maratón de reuniones de última hora.
- Que el Consejo de la Administración Municipal adopte las medidas disciplinarias que correspondan con los dirigentes administrativos de su subordinación, cuando estos injustificadamente no asistan a las reuniones de rendición de cuenta a las que fueron convocados oficialmente. En el caso de los funcionarios subordinados a entidades provinciales o nacionales deberán informarlo a las máximas direcciones de esas instancias. A su vez dichas medidas deberán ser comunicadas a los presidentes de los Consejos Populares y delegados de circunscripción.
- Que la dirección de la Asamblea Municipal del Poder Popular solicite al Consejo de la Administración Municipal y a las organizaciones de masas del territorio las medidas que aplicarán en apoyo al proceso de rendición de cuenta.
- Que el Consejo Popular y las comisiones permanentes de trabajo de las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular verifiquen que en la propuesta del Plan de la Economía y el Presupuesto de cada año estén contemplados los recursos que se destinarán a resolver los planteamientos de la población.
- Que en cada informe que las entidades y organismos administrativos presentan a las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular sobre su gestión se explique la situación que presenta la solución de los planteamientos de la población.
- Que en el control y fiscalización que realiza el Consejo Popular a las entidades administrativas compruebe si tienen pendientes planteamientos de la población por solucionar y las medidas adoptadas al respecto.
- Que en los cursos de preparación de los dirigentes administrativos y de las organizaciones de masas se expliquen las leyes que establecen las obligaciones que estos tienen con el Poder Popular.
Finalmente, es justo decir que nuestro pueblo posee una alta cultura política y un elevado nivel educacional lo que le permite comprender las realidades que vive el país, las difíciles situaciones económicas y de todo tipo por las que atravesamos, y también las que existen en todo el mundo, es por ello que no espera milagros del delegado ni de la rendición de cuenta. No obstante, está consciente de que sí se puede hacer mucho más con los recursos que se poseen para solucionar sus problemas y necesidades, para que se le ofrezcan informaciones más claras y precisas, para que se le presenten argumentos, razones objetivas y convincentes de por qué en este momento no se puede resolver un determinado planteamiento.
Es en esa dirección que el pueblo espera que sus delegados trasmitan con valentía y objetividad a la Asamblea Municipal los asuntos tratados y acordados en la rendición de cuenta, y que sean capaces también de hacer propuestas que contribuyan a su solución, a la vez que exijan a las administraciones un mejor uso de los recursos y una mayor eficiencia en la gestión económica.
Por tanto, la crisis no está en la rendición de cuenta sino en los que por negligencia, apatía, burocratismo o falta de conocimiento no actúan en bien del pueblo y por el cumplimiento de la ley.