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Nomativas de la Aduana General de la República: Sin conflicto en frontera

Mercaderías que eran contempladas en un grupo sin especificidad, con la Resolución 207 quedan bien identificadas y no hay margen a la duda en cuánto a cuáles son las cantidades autorizadas a importar. Foto: Agustín Borrego
Mercaderías que eran contempladas en un grupo sin especificidad, con la Resolución 207 quedan bien identificadas y no hay margen a la duda en cuánto a cuáles son las cantidades autorizadas a importar. Foto: Agustín Borrego

A poco más de una semana de haberse dado a conocer las nuevas normativas de la Aduana General de la República (AGR) y el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), aún generan comentarios equidistantes, lo mismo en las redes sociales, que en platicas familiares o de amigos.

Incomprensiones, una carga de interés individual, falta de información o interpretación inadecuada. ¿Cuáles son los motivos? Trabajadores apostó por una fuente especializada, que arroje más luz acerca de las resoluciones que regirán a partir del próximo primero de septiembre, entre otros fines, para regular la entrada de productos sin carácter comercial, a todas las personas naturales que arriben al país.

Es importante conocer que se mantiene lo aprobado en el año 2012, de que cualquier pasajero tiene el derecho a importar artículos, supeditado al pago de los gravámenes aduanales, hasta un valor máximo de mil pesos. Esto es independiente de los efectos personales y la posibilidad además, de traer 10 kilogramos de medicamentos separados del equipaje y productos exentos de pago que sumen hasta 50.99 pesos, subraya Idalmis Rosales Milanés, vicejefa de la AGR a cargo del área de técnicas aduaneras.

Asimismo puntualiza que quienes no deben realizar ninguna erogación ante la autoridad aduanera transitarán sin problemas por el llamado canal verde, utilizado según estadísticas de los primeros cuatro meses del 2014; por el 90 % de quienes llegan por los aeropuertos.

Lo que sí cambia con las nuevas normativas son las cantidades y valores de algunos de los artículos que hoy son importados por cualquier vía, además del peso y el cobro del arancel de las misceláneas contenidas en envíos postales, aéreos y marítimos, significa la funcionaria.

En cuanto a la paquetería precisa que junto con la Empresa de Correos y otros medios como AeroVaradero, Transcargo, Cubanacán Express, Palco y Cubapack trabajarán por garantizar eficacia en el despacho.

Lo cardinal para la Aduana es que los pasajeros conozcan con tiempo las normas que entrarán en vigor y sus derechos, para evitar afectaciones innecesarias, afirma Idalmis Rosales Milanés, vicejefa de ese órgano. Foto: Eddy Martin

“Asimismo podremos evaluar las reincidencias alarmantes en los envíos de 1,5 kilogramos, el monto que ahora está libre de impuesto”, señala.

Recuerda que todos los países protegen los aranceles, una figura dentro de la Ley Tributaria con incidencia directa en el Presupuesto del Estado y que en el caso cubano se redistribuye en beneficios sociales como la salud, la educación y los productos y servicios subsidiados.

Ocurre que, con razón o sin ellas, hay personas que han querido mezclar temas y lo cierto es que somos diáfanos al hacer pública una prerrogativa de este órgano, de determinar la proporción de artículos que de forma razonable puede importar una persona natural en cada viaje. Las normas no son para sectores sino para todo el mundo, resalta.

Incluso mercaderías que eran contempladas en un grupo sin especificidad, lo cual permitía ambigüedades, con la nueva resolución quedan bien identificadas y no hay margen a la duda en cuánto a cuáles son las cantidades autorizadas, añade la experta.

Combinar con legalidad

Rosales Milanés gusta de ilustrar sus respuestas con ejemplos. El primero es para los artículos exentos de pago si la suma de su valor es de hasta 50.99 pesos según lo dispuesto por el MFP: “Es posible importar una olla arrocera o una freidora eléctrica y estará por debajo de ese límite”.

Más amplia es su exposición en cuanto a los productos factibles de traer hasta el monto máximo de mil pesos. “El viajero puede importar dos televisores de hasta 32 pulgadas y le quedará la mitad del valor permisible para otras opciones como las misceláneas, dentro de las cuales se incluyen el calzado, confecciones, alimentos, productos de aseo personal y del hogar, bisutería, lencería, perfumería y similares”, afirma.

Es bueno aclarar que sigue vigente que el colaborador al término de su misión puede traer el menaje de casa. En el caso de quienes envían paquetes, actividad recogida en la Resolución 208, las personas tienen exentos 30 pesos, expresa.

Lo cardinal para la AGR es que los pasajeros conozcan con tiempo las normas que entrarán en vigor y sus derechos, para evitar afectaciones innecesarias y al menos reducir a la mínima expresión, la posibilidad de un mal proceder del aduanero.

Y es que las palabras transparencia, orden y control deben estar presentes en todos los actos aduanales, a través de los cuales podemos, entre otros casos, detectar y detener en frontera las importaciones con un destino personal, presumiblemente para cometer la ilegalidad de comercializar y abastecer a terceros, asevera.

Esto es fácilmente detectable, pues la Aduana trabaja por análisis de selectividad. La apreciación del aduanero se aplica en cualquier país para los reincidentes, lo cual conlleva evaluaciones y adoptar medidas si hace falta, puntualiza la vicejefa de la AGR.

Nuevo libro sobre normas aduaneras

La tercera edición de las Normas aduaneras está casi a punto de salir a la venta en los estanquillos de correo de todo el país, una de las vías que ha priorizado la AGR en función de informar a la población en general de las resoluciones que entrarán en vigor, e incluso otras aprobadas a partir del 2012, cuando se hizo la última tirada del folleto.

Su distribución llegará además, hasta las bibliotecas del más apartado rincón del archipiélago, donde podrá ser consultado, teniendo en cuenta que no todos tienen acceso a las nuevas tecnologías de la información, destaca Rosales Milanés.

La AGR también ha adoptado medidas para actualizar sobre el tema a los potenciales viajeros, los colaboradores y el personal diplomático cubano en el exterior; sin olvidar a las administraciones de las entidades autorizadas a despachar paquetería como Correos de Cuba y las aduanas de toda la nación.

Añade que se emitirá un tríptico con información a los pasajeros, quienes podrán ampliar conocimientos sobre las regulaciones en el sitio web de la aduana y las redes sociales. Igualmente continúa el servicio personalizado de atención a la población o a través del correo electrónico y mantienen la disposición de repetir foros on line en los órganos de prensa.

Muy válidas esas y otras iniciativas, porque si el objetivo primordial es prevenir, nunca serán excesivas las acciones con vistas a dar a conocer lo legislado para las importaciones no comerciales de las personas naturales. También engrasan otro eslabón importante, la preparación del personal, porque para la Aduana constituye todo un reto mantener o mejorar el tiempo de despacho promedio, que a nivel nacional oscila entre los 25 y 30 minutos.

Nuevas regulaciones aduanales y arancelarias comenzarán a regir a partir del próximo 1º de septiembre para los siguientes objetivos:

• Límite de las cantidades de productos para determinar el carácter comercial de las importaciones que realizan las personas naturales (Resolución 206)

• Lista de valoración en Aduana para las importaciones sin carácter comercial (Resolución 207)

• Alternativa Valor/Peso, a fin de determinar el valor en Aduanas de los artículos que clasifican como miscelánea, que se importen por personas naturales mediante envíos aéreos, marítimos, o por la vía postal o de mensajería (Resolución 208)

• Exenciones y tarifas del Arancel para los envíos sin carácter comercial destinados a personas naturales (Resolución 300, del Ministerio de Finanzas y Precios)

Un servicio de atención personalizada mantiene la AGR en la sede de sus oficinas centrales, en calle 6 esquina a 39, Plaza de la Revolución, de lunes a viernes, en los horarios de 8:00 a.m. a 12 m. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m.

Igualmente atiende preguntas, quejas y reclamaciones por los teléfonos: (537)883-8282, (537)883-7575 y (537)881-9732, así como el correo electrónico: publico@agr.aduana.cu  

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