Hace un tiempo lo que sucedía con el tema de los contratos económicos en Cuba lo podíamos ilustrar mediante el nombre de aquella película argentina de María Luisa Bemberg, De eso no se habla. Hoy, afortunadamente, si queremos seguir con este juego cinematográfico, tendríamos que parafrasear el nombre de un filme del español Almodóvar, para decir que está en discusión: Todo sobre el contrato…
Esa herramienta económica que es la contratación se ha convertido, sin duda, en una de las prioridades para el ordenamiento de la gestión económica entre las empresas y entidades cubanas en sentido general, a partir de las irregularidades y las graves afectaciones que provocan para el desempeño de la economía la falta de contratos.
También la camisa de fuerza que representa en no pocos sectores la peculiaridad de un mercado cautivo, donde muchas veces hay pocos o un solo proveedor de un producto o servicio que —impone sus reglas al comprador—, ha afectado la naturaleza misma del proceso de contratación que siempre debiera ser una negociación entre una o varias partes en igualdad de condiciones jurídicas, para concertar responsabilidades y propósitos comunes, y donde estas puedan reclamar y cancelar la relación ante incumplimientos.
Y a esto hay que añadir las formalidades y los excesos burocráticos —los cuales también han sido objeto de discusión pública—, que llevan aparejada en no pocos casos la concertación de un contrato entre entidades, con copias, documentos, anexos y no sabemos cuántos inventos más, casi siempre innecesarios, que en no pocas ocasiones ciertas entidades solicitan a los efectos de establecer una relación económica.
Pero sin duda lo más peligroso y lo que mayores consecuencias negativas produce, para la economía en general y para toda la ciudadanía en particular, es el incumplimiento reiterado de los contratos entre las partes.
Cada vez que una empresa o una unidad presupuestada incumple su parte en una contratación, sea esta la que debe producir o prestar el servicio, o la que debe adquirir la mercancía o recibir una prestación, siempre habrá detrás trabajadores, población, personas concretas que dejan de percibir un beneficio económico o una satisfacción para alguna necesidad.
Ese perjuicio directo o indirecto que provocan tales desórdenes contractuales para nuestros colectivos laborales y el pueblo en general, son fundamento suficiente para que la exigencia de esa política esté en el centro de las preocupaciones del movimiento sindical y de cada una de sus organizaciones desde la base.
Por eso resulta tan esencial la insistencia en este tema y la actual revisión de todos los mecanismos, las normas jurídicas, las causas que motivan y los efectos que produce una mala contratación económica, como uno de los problemas a resolver dentro de los objetivos recogidos por los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.
Pero ni siquiera el asunto tiene solución automática solo con nuevas legislaciones y medidas para descentralizar la gestión económica o incorporar nuevas formas de organización de la producción y los servicios, como puede ser el trabajo por cuenta propia y las cooperativas no agropecuarias, las cuales nacen jurídicamente con la posibilidad de establecer contratos entre sí o con entidades estatales.
Como todo lo que arranca, siempre habrá que desterrar desconfianzas y fórmulas viejas de actuación, que todavía tienen su reflejo a veces en disposiciones administrativas erróneas que pueden limitar, por ejemplo, la contratación entre empresas y otras personas jurídicas estatales con las nuevas formas de gestión que comienzan a tomar fuerza.
Para contrarrestar esa inercia de poco uso o de recelo hacia la contratación con determinadas formas productivas o de servicios, son importantes los mecanismos de revisión administrativa del proceso, pero también el fortalecimiento cada vez mayor de los medios legales de reclamación, las iniciativas de mediación entre sujetos económicos en conflicto y cualquier otra vía, incluyendo los tribunales, que hagan del contrato un documento serio y exigible.
Solo con esa exigencia colectiva de todas las partes, lograremos que el respeto a los contratos no sea más —y cierro entonces con el título de otra obra clásica del cine— Lo que el viento se llevó.