Por: Vivian Bustamante
El licenciado Guillermo J. Pérez Barroso, director de la entidad, firma el escrito, en el cual reafirma que al trabajador por cuenta propia se le notificó la contravención cometida, recogida en el Decreto Ley 272, que prohíbe ubicar cartel y tablilla en el exterior de la vivienda. Además, dice, transgredió lo dispuesto en la política tributaria, pues no mostró prueba del pago de la cuota establecida por dicho anuncio. Precisa el texto que “el titular de referencia invitó a pasar al inmueble a las supervisoras actuantes, lo cual no se ejecutó”, por quedar fuera del modelo de conducta establecido.
Amplía que al aplicar la multa se demostró al infractor que su progenitora alteró el orden y fue advertida. Asimismo, aquel no estuvo en desacuerdo ni presentó recurso de apelación ante la Disc como está establecido. Este aspecto fue recalcado en su presencia durante el análisis, a tenor del trabajo periodístico y la evaluación en el consejo de dirección de la entidad.
En esta ocasión, el compañero firmó un documento en el cual reconoce el correcto comportamiento de las supervisoras, aunque manifestó “inconformidad con la multa” al alegar “que no fue apercibido y falta de conocimiento de las leyes”, pero se le explicó que la acción de las inspectoras estuvo “conforme a derecho y desconocer la ley no lo exime de responsabilidad”.
El director de la Disc concluye su carta considerando contraproducente la caricatura acompañante del trabajo. Aclaramos que el humor gráfico es solo un recurso válido para resaltar algún detalle de la queja seleccionada para publicar, y lo fundamental en este caso es la consistencia y agilidad de la respuesta del organismo cuestionado.