Cuatro preguntas sobre el Anteproyecto de Ley Código de Trabajo

Cuatro preguntas sobre el Anteproyecto de Ley Código de Trabajo

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Por Caridad Lafita Navarro

Desde años atrás, los trabajadores y la dirección sindical, al igual que los organismos, expresaron la necesidad de actualizar el Código de Trabajo vigente, debido a la introducción de numerosas normas legales que marcaron la obsolescencia de esa Ley, dictada hace más de un cuarto de siglo atrás.

En el material puesto a la consideración de todos los trabajadores del país, se señala:

I. ¿De dónde parte la iniciativa de la propuesta?

El Consejo de Ministros, en consonancia con el derecho de iniciativa legislativa que le reconoce el inciso c) del Artículo 88 de la Constitución de la República, presentó al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular el Anteproyecto de Ley Código del Trabajo.

Atendiendo a la relevante importancia que dicha legislación reviste para nuestro Estado Socialista, se hace necesario su más amplia divulgación y conocimiento, fundamentalmente entre los trabajadores, al efecto de conocer sus opiniones y consideraciones así como sugerencias que en razón a dicho texto legal consideren oportuno manifestar.

Es decir, la fórmula del parlamento obrero ha sido retomada, como cuando se ha expuesto y discutido por todos los trabajadores algún texto legal cuyos deberes y derechos los involucren.

II. ¿Cómo se adoptaron las acciones correspondientes?

La Asamblea Nacional del Poder Popular según prevé el inciso b) del Artículo 75 de la Constitución de la República en relación con el Artículo 72 de su Reglamento, aprobó por unanimidad el Acuerdo número VII- 85 que establece convocar a consulta popular con todos los trabajadores del país, el Anteproyecto de Ley Código del Trabajo, previo al debate para su consideración.

A propuesta del Presidente de la Asamblea Nacional, encargar a las comisiones de Asuntos Constitucionales y Jurídicos y de Asuntos Económicos para que, en coordinación con la Central de Trabajadores de Cuba y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, organicen y controlen la realización del proceso de consulta del antes mencionado anteproyecto en todo el país, dando cuenta a la Asamblea sobre las sugerencias y proposiciones de modificaciones que se hayan formulado las discusiones.

Asimismo llamó a todos los diputados para su activa participación en este proceso de consulta y encargar a las Secretarías de las Asambleas Provinciales del Poder Popular su organización.

III. ¿Qué antecedentes tiene la norma en discusión?

El primer Código de Trabajo (Ley No. 49) fue puesto en vigor previa consulta con los trabajadores el 26 de julio de 1985 y la legislación dictada en las últimas dos décadas ha modificado o sustituido siete de los catorce capítulos con que cuenta.

Asimismo, de los Lineamientos aprobados por el VI Congreso del Partido, dieciocho están vinculados directamente con la política sobre las relaciones de trabajo, su organización y retribución, por lo que resulta necesaria su modificación.

IV. ¿En qué fundamentos está basado el nuevo proyecto?

El anteproyecto de Código de Trabajo tiene como fundamento:

– La política aprobada para su elaboración, basada en los principios fundamentales del derecho de trabajo de la Constitución de la República;

– Los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución;

– Las disposiciones jurídicas dictadas con posterioridad a la vigencia del Código;

– Los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo, en particular los 76 ratificados por Cuba.

– El estudio comparado de legislaciones similares en 16 países

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