El Código del Trabajo de Canadá (Canada Labour Code) en principio otorga a los trabajadores sindicalizados el derecho a la huelga. Las recientes decisiones de la Corte Suprema no sólo otorgan a los sindicatos ese derecho, sino que también los protege en virtud de la Carta Canadiense de Derechos y Libertades (Charter of Rights and Freedoms) y de La Constitución.
Sin embargo, ¿cómo funciona esto en realidad? Tomemos un ejemplo reciente:
Don Foreman —miembro del Sindicato Canadiense de Trabajadores de Correos (Canadian Union of Postal Workers, CUPW), activo dentro del movimiento obrero a escala nacional e internacional (Cuba y Venezuela) durante los últimos 36 años— a inicios de 2019, en una entrevista en línea para este artículo, me relató que el Sindicato Canadiense de Trabajadores de Correos (Canadian Union of Postal Workers, CUPW) dio un aviso a la Oficina de Correos de Canadá (la estatal Post Canada) para iniciar la negociación.
Tras ocho meses de negociaciones, con la esperanza de llegar a un acuerdo colectivo, sin ninguna acción por parte de la Oficina de Correos de Canadá, él dijo que “nuestros dirigentes nos pidieron el mandato de huelga, el cual les fue otorgado con un 93% de votos a favor, si no se llegaba a un acuerdo”.
El 22 de octubre, los miembros del CUPW ejercieron su derecho a la huelga con el fin de llegar a un acuerdo colectivo con la empresa de Correos de Canadá que satisficiera las preocupaciones de los trabajadores.
¿Fue razonable la acción emprendida por el sindicato?
Desde el inicio, el sindicato fue muy razonable en sus acciones, cuidando de no interrumpir totalmente el servicio público de entrega postal. “Con el fin de limitar el impacto de la huelga en el sector público, nos dijo Don, “nuestro sindicato optó por una estrategia de huelga alterna, comenzando por un local diario a la vez. Sólo tuvo lugar una pequeña interrupción del servicio durante el proceso de rotación de cinco semanas de huelga.”
El 22 de noviembre, el gobierno liberal se retractó, después de haber dado su palabra a los trabajadores, y obligó al regreso al trabajo por medio de un proceso legislativo de vía rápida (fast-track), limitando así el debate en el Parlamento canadiense. A última hora del viernes 23 de noviembre, la legislación fue aprobada en la Cámara de los Comunes y enviada al Senado. El 26 de noviembre, el Senado aprobó el proyecto de ley C-89.
¿Cuál fue la reacción del Sindicato?
“El 27 de noviembre, aunque hubiésemos podido haber desafiado esta ley, sin duda ilegal e inconstitucional, regresamos al trabajo, cesando todas las acciones de huelga”.
Esto requiere ser aclarado: el derecho a la huelga es un componente indispensable de la negociación colectiva. “Cuando las negociaciones de buena fe se rompen, una manera fundamental para nosotros de poder participar de manera significativa en la consecución de nuestros objetivos de trabajo colectivo es la siguiente: colectivamente dejar de trabajar, y retirar nuestros servicios”. De hecho, es exactamente por esto que el derecho a la huelga está protegido constitucionalmente por la libertad de asociación, garantizado por la Carta Canadiense de Derechos y Libertades (Canadian Charter of Human Rights and Freedoms).
El “derecho a la huelga” en los países capitalistas: ¿una concesión para evitar un cambio revolucionario?
Volvamos atrás y veamos el “derecho a la huelga” en el contexto histórico para los trabajadores cubanos, desde siglo 18 en Europa, para apreciar su carácter precario e hipócrita bajo el capitalismo.
Una huelga laboral es una acción colectiva, emprendida por un grupo de trabajadores y que consiste en una cesación temporal de la prestación de trabajo, es decir, negarse a cumplir total o parcialmente el trabajo que les ha sido encomendado. Normalmente se emplea como medio para ejercer presión en las negociaciones con el empleador, buscando obtener mejores condiciones económicas o, en general, laborales, aunque puede suponer también una protesta con repercusión en otras esferas o ámbitos.
La huelga cobró más importancia con la organización industrial del trabajo en los siglos 18 y 19 donde grandes conglomerados de obreros sometidos a condiciones similares, y agrupados físicamente en un taller o una mina, pudieron por primera vez organizar su actuación como grupo homogéneo.
No obstante, durante los primeros años de la Revolución industrial en Inglaterra el derecho a la huelga estuvo severamente penalizado, incluso como delito. Posteriormente, tuvo lugar cierta tolerancia: los Estados admitieron la huelga pero la castigaron desde el punto de vista civil, como incumplimiento de las obligaciones laborales.
De esta manera, se puede concluir que el “derecho a la huelga” en los países capitalistas en Europa y luego en América del Norte es una concesión ganada y plenamente otorgada por los trabajadores a los círculos dominantes y a sus gobiernos, aun cuando se trata de una lucha difícil y abnegada. Estas concesiones están concebidas para evitar un peor escenario para el sistema capitalista, el de una revuelta general de la mayoría oprimida en contra de la minoría opresora. Sin embargo, como lo vemos en el ejemplo del CUPW, este “derecho” puede ser suprimido en cualquier momento.
¿Eran razonables las exigencias del sindicato canadiense?
El “derecho a la huelga” en los países capitalistas es, por consiguiente, similar a su altamente promovida “libertad de prensa y expresión”. Es “permitido” tan sólo en la medida en que no cuestione el statu quo, ni siquiera los objetivos a corto plazo. ¿Cuáles fueron las exigencias de los trabajadores por las cuales se vieron obligados a declarar la huelga? El objetivo distaba mucho de ser un cambio revolucionario. Por el contrario, las exigencias razonables de corto plazo también incluían el mejoramiento del servicio postal para los ciudadanos, blanco de muchas críticas por parte del público canadiense, resultante de muchos recortes neoliberales a lo largo de años de gobiernos tanto conservadores como liberales. Según Don, estas eran algunas de las demandas:
- Ampliar la seguridad laboral a todos los empleados regulares;
- Restablecer la distribución puerta a puerta de todos los puntos de servicio de donde habían sido retirados como consecuencia de los recortes neoliberales.
- Proporcionar un importante incremento salarial con retroactividad plena y un subsidio por el costo de la vida;
- Mejorar los planes de beneficios, entre otros el plan de salud dental, la ampliación del plan de atención de salud, los panes de salud ocular y de la audición; y un seguro de vida para empleados activos y jubilados.
- Mejorar la licencia de maternidad, de paternidad y de los cuidados compasivos
Sin embargo, el derecho a la huelga fue suprimido de forma apresurada por el Parlamento, prácticamente sin ningún debate en este “sello de democracia”.
Huelga General de Winnipeg de 1919: Lecciones aprendidas 100 años después
Este año en Canadá celebramos el centenario de la Huelga general de Winnipeg (Provincia de Manitoba), una de las más clásicas y emblemáticas acciones de los trabajadores en la historia laboral de Canadá desde finales de la I Guerra Mundial.
Tras la Primera Guerra Mundial, debido a la recesión de posguerra, las malas condiciones laborales, la presencia de sindicalistas radicales y una gran afluencia de soldados que regresaban, 35.000 habitantes se declararon en huelga en mayo de 1919, en lo que se conoce como la “huelga general de Winnipeg de 1919”.
Luego de varios arrestos, muertos, deportaciones e incidentes violentos, la huelga finalizó el 21 de junio de 1919, cuando se aplicó la Ley de Disturbios y un grupo de la Policía Montada del Canadá cargó contra un grupo de huelguistas. Dos de ellos murieron y por lo menos treinta resultaron heridos. Ese día se conoce como el “sábado sangriento” (Bloody Saturday).
Éste constituye un recordatorio para los trabajadores canadienses y de otros países capitalistas, como Estados Unidos, el Reino Unido y el resto de Europa, Australia y Nueva Zelanda. Estos “derechos” pueden ser aplastados en cualquier momento, como lo vemos en el caso de Julian Assange. Los “derechos y libertades” son extremadamente limitados bajo el capitalismo que ya ha alcanzado la etapa imperialista. Por ello, es aún más feroz puesto que extiende sus tentáculos belicistas para la dominación mundial. Nadie debe equivocarse, y lo sabemos en Canadá. Nuestro país forma parte de este sistema imperialista, como lo muestra su nefasto papel pro-Trump contra Venezuela. Además, Canadá pretende oponerse a la política de Tump de endurecimiento de las sanciones contra Cuba que son el propósito de la aplicación plena de la ley Helms-Burton de Washington. Sin embargo, al mismo tiempo, Canadá actúa a la vanguardia del Grupo de Lima, imponiendo sanciones devastadoras y políticas de cambio de régimen en Venezuela. El objetivo principal de esa política, como lo sabemos en Canadá, ¡también incluye a Cuba! Por tanto, ¿qué tipo de oposición es esta a las más recientes políticas de Trump?
Derechos en Canadá y Cuba: ¡Nuevamente la convergencia para el 1º de mayo!
Los enemigos abiertos y encubiertos de la Revolución Cubana, tanto dentro como fuera de la isla, propagan la idea preconcebida basada en la noción del pensamiento único de Estados Unidos, en cuanto a que Cuba debe “cambiar” y adoptar lo que consideran ser valores universales, como los derechos que tratamos en este artículo. No obstante, ¿habrán olvidado que, antes de 1959, los trabajadores cubanos tenían, en teoría el “derecho a la huelga”, pero en realidad sus acciones y los líderes del sindicato y los del Partido Comunista fueron reprimidos y asesinados?
Desde el inicio de la Revolución Cubana, hace 60 años, la paz llegó finalmente a la clase obrera y a los pequeños agricultores. Ahora ellos hacen parte de otro sistema, y no en contradicción con el statu quo, como ocurría antes de 1959. Por tanto, se dan el lujo −a pesar de las dificultades económicas resultantes sobre todo del bloqueo de Estados Unidos desde 1961− de hacer frente a los problemas de una manera no antagónica, basada en la solidaridad social como parte integrante de la colectividad cubana.
Este distintivo de la Cuba actual puede muy bien ser la razón por la cual los trabajadores y sus organizaciones acuden a Cuba cada 1º de Mayo para experimentar una vez más lo que significa para los trabajadores que viven y trabajan dentro del socialismo.
Este año, los canadienses podrán asistir a una iniciativa adicional. Seguramente será la oportunidad de expresar la solidaridad con la Revolución Bolivariana y con los trabajadores que están a la vanguardia de su defensa, como lo hemos visto en la acción durante los enormes esfuerzos de recuperación de la red eléctrica.
El 1º de mayo los trabajadores canadienses y sus sindicatos podrán estar literalmente orgullosos, con su cabeza en alto, en la Plaza de la Revolución de La Habana. Después de todo, más de 5 millones de trabajadores canadienses tuvieron la posibilidad de expresar, a través de sus sindicatos, el apoyo a Venezuela, al derecho a su libre determinación y a Maduro, como presidente legítimamente electo. Esto se llevó a cabo a pesar de los medios de comunicación y de la presión “académica”, casi a diario desde el 23 de enero de 2018, que calificaba la elección de Maduro como “deficiente”, obstaculizada por “irregularidades electorales” y “maniobras electorales”, a la vez que afirmaba que Maduro es “autoritario” y hasta un “dictador”.
De esta manera, en vísperas del Primero de Mayo, honremos a los trabajadores del mundo como la vanguardia de oponerse a la desinformación y a la defensa de los derechos de los trabajadores en los países capitalistas, con Cuba y Venezuela como ejemplo e inspiración.
Exclusivo para Trabajadores.cu
Acerca del autor
Arnold August, periodista y conferencista canadiense, es el autor de los libros Democracy in Cuba and the 1997–98 Elections (1999), Cuba y sus vecinos: Democracia en movimiento (2014) y Relaciones Cuba-EE.UU: ¿Qué ha cambiado? (2018). Es un colaborador de Trabajadores. Twitter: @Arnold_August FaceBook: Arnold August
Me gustaría saber por qué en la Legislación laboral cubana se excluye el derecho a la huelga?
saludos.