Parte de las quejas que recibimos en esta sección se corresponden con elementos que denotan incorrecto funcionamiento de los Órganos de Justicia Laboral (OJL), un tema calientico en nuestro tintero luego de participar, el fin de semana último, en la reunión con funcionarios, dirigentes sindicales y abogados relacionados con la esfera de Asuntos Laborales y Sociales de la CTC, así como con miembros de los comités provinciales de la organización y de los sindicatos nacionales.
Allí analizaron el asunto de marras a partir de los resultados del control realizado por la organización y sus sindicatos al 10 % de los 11 mil 71 OJL constituidos en el país.
La base del estudio derivó de deficiencias detectadas en ese sistema de impartición de justicia por las direcciones de Trabajo y Seguridad Social, entre estas la composición incorrecta tanto en la cantidad de miembros como en los cargos que ocupan, además de morosidad en su completamiento cuando ocurren cambios, lo cual provoca desorientación de los trabajadores y que, en muchos casos, se les cumpla el término para reclamar.
Igualmente señalaron que persiste la actuación del OJL de las empresas empleadoras en la resolución de litigios de trabajadores que prestan servicios en empresas mixtas en otros municipios o provincias, lo que viola el principio de territorialidad legislado.
Hubo consenso en que urge aumentar la exigencia y actuación de los involucrados para que no se marchite una idea surgida hace 26 años, con adecuaciones dadas las modificaciones en la estructura empresarial, legitimada por el alto porcentaje de soluciones de conflictos donde mismo se generan.
Con una mirada profunda volveremos pronto sobre el tema, y a modo de recordatorio publicamos algunos elementos recogidos en el Capítulo XIII del Código de Trabajo: Solución de conflictos de trabajo, que al ser pasados por alto llevan inexorablemente a violaciones.
El artículo 165, refiere en su Sección Primera que “los trabajadores tienen derecho a reclamar contra las medidas disciplinarias que les son impuestas, así como a promover acciones para el reconocimiento, restablecimiento y cumplimiento de los derechos de trabajo y de seguridad social, consagrados en la legislación, ante los órganos, autoridades e instancias competentes”.
Mientras, en la Sección Segunda, Del Sistema de Justicia Laboral, el artículo 167 expone: “En las entidades estatales en que se aplica el Sistema de Justicia Laboral, la solución de los conflictos de trabajo que se suscitan entre los trabajadores o entre estos y los empleadores se realiza por el Órgano de Justicia Laboral, como primera instancia de reclamación para las medidas disciplinarias y los derechos de trabajo”.
Otros acápites puntualizan aspectos relacionados con quiénes integran los OJL, en tanto los procedimientos para su funcionamiento se regulan en el Reglamento del propio Código.
Según el artículo 187: “El Órgano de Justicia Laboral, se constituye en las entidades que cuentan con 50 o más trabajadores, en consulta con la organización sindical a ese nivel, teniendo en cuenta la cantidad de trabajadores promedio, turnos de trabajo y la ubicación territorial de las estructuras organizativas en el municipio”.
A continuación precisa que si en dicha instancia hay centros de trabajo con menos de esa cantidad y que dependen de una misma entidad, puede constituirse entre ellos un OJL territorial, en lo cual se han detectado desproporciones o cifras poco razonables, como el caso de Sancti Spíritus; que posee 566 OJL, 409 de estos territoriales. Mientras en el lado opuesto se encuentra Guantánamo, que del total de 585 solo 21 corresponden a la categoría de territoriales.
Hola a todos, alguien me puede decir si existe una Ley contra el acoso laboral y maltrato psicológico???????
Quisiera saber si hay alguna ley que ampare al trabajador contra el acoso laboral y maltrato psicológico
Hola trabajo en la UEB prestación de servicio maquinaria perteneciente a la empresa arrocera agroindustriar de grano matanzas el problema mio es el siguiente:El jefe de la UEB me llama el dia 22 de mayo que me encontraba trabajando en una cooperativa cañera prestando servicio bajo un contracto de preparación de tierra con implemento de grada y me comunica que al día siguiente tengo que irme para el municipio de betancurt,al día siguiente día 23 me presento en la empresa para preguntarle porque debo marchar para el municipio de Pedro betancurt y este sale junto con el representante del sindicato y me comunica que al tractor se le hizo un traslado permanente para dicho municipio junto con el operador y el expediente laboral que ya yo no pertenezco a la UEB que ahora pertenezco a betancurt,yo le digo que como era eso que yo no vivo en betancur que ellos saben q haya no hay albergue ni comedor ni nada que donde me iba a quedar el me dice que eso ya no es su problema que yo debo marcharme para haya y hablar con el jefe de esa UEB para que me busquen albergue y si no me resolvía el problema que yo buscará por mis medios un alquiler, y si no volviera para atrás y me ponía hacer guardia, me parece que desde el primer momento ya me dejaron sin empleo porque yo no vivo en betancurt si no en amarillas municipio de Calimete,lo otro nunca se reunieron conmigo para comunicarme nada,nunca hubo un documento para firmar,nunca me dieron otra oferta de trabajo como operador porque esa es mi plaza,quiciera saber como puedo resolver este problema.
Su planteamiento puede ser tramitado por el Departamento Buzón Abierto del periódico Trabajadores, pero debe enviarlo a buzon@trabajadores.cu
En mi centro de trabajo que es la base de Omnibus nacionales Cienfuegos se comenzó un proceso de disponibilidad en este proceso quede disponible mi pregunta es la siguiente si falta dime solo 7 meses para jubilarme pueden dejarme disponible solo garantizándome seis meses el primer mes cobrando el 100% y los demás al 60% y después me faltarían dos mésese que según la administración deuce que tengo que buscar trabajo para poder efectuar la jubilación y cumplo la edad el día diez de Enero habrá algún centro de trabajo que me dé la oportunidad de darme empleo sólo dos mese y prosesar dicha jubilación?
Yo presente mi reclamación al órgano de justicia Laboral y estoy en espera a que se celebre la vista
puede un OJL reunirse y tomar decisiones sin estar presente en la vista el reclanmante «?, saludos
Hola
Pertenezco al OJLB soy secretaria. Peeo tengo muy poco conocimiento. Y en estos momentos tengo dos reclamación por parte de trabajadores de mi entidad. Pero necwsito ayuda en la elaboración de las actas y los modelos y como debo confeccionar un expediente para proceder con estos dos casos y dar respuestas a estás dos reclamaciones lo antes posible. Mi número en el Wtsapp es 54881873. Necesito ayuda profesional.
El tema es complejo y el reconocimiento constitucional del debido proceso impone modificar el sistema de justicia laboral. La vida nos ha demostrado que la ilusión de tener un órgano prejudicial para lograr un mayor efecto preventivo y educativo en las propias entidades, no se ha hecho realidad, conformándose un criterio de rechazo y falta de prestigio del OJL
Si prevalece para el futuro la voluntad de mantener la instancia prejucial, muchas cosas deberán ser cambiadas. Entre estas destacan la garantía de un efectivo proceso de elección, capacitación inicial y sistemática del OJL y la existencia de el necesario control y supervisión a su actuación por los órganos del Estado especializados.
De igual forma, se deberá eliminar la concepción de que el OJL sea primera y ultima instancia para resolver inconformidades ante la aplicación de las medidas disciplinarias que no modifican su estatus. De igual forma, el debido proceso impone ineludiblemente la doble instancia judicial como garantía de un procedimiento laboral efectivo.
El tema es complejo, apliquemos el mandato constitucional de cambiar todo lo que tenga que ser cambiado.
Le aclaro que el proceso eleccionario de los organos de justicia corresponden al sindicato .
Sobre la capacitacion de estos organos, corresponde a las Direcciones de Trabajo , dicha labor la cual es de forma permanente y se planifican desde el inicio del anno . Ademas se realiza un control de las decisiones emitidas por estos , todo esto se encuentra legislado .
Le aconsejo a todos los interesados consultar y estudiar fehacientemente nuestro Codigo de Trabajo y su Reglamento.
No entiendo el objetivo de exponer los comentarios aquí,a no ser el de conocer únicamente las opiniones , quejas o denuncias de los afectados por las arbitrariedades de los OJL que junto a el poder omnipresente de las administraciones y a la inacción de los sindicatos en los espacios laborales , se burlan de las leyes y normas establecidas violando todos los derechos de los trabajadores .
Su verdero objetivo tuviera razón de ser si se cumpliera que en este sitio se logre una verdera interconexión con cada una de las quejas , denuncias o aclaraciones publicadas ahí por cada trabajador y de ofrecer respuestas a cada una de estas que les hacen llegar los afectados por esas arbitrariedadea y abusos con la participacion de especialistas en temas sobre conflictos laborales o en su defecto ofrecer información, sobre todo, del código de ética de los funcionarios y administraciones , explicar que tipo de sanciones pueden recibir estos cuando violan los procedimientos o aplican a su favor con abuso del poder en función de su cargo el maltrato de palabra al trabajador o cuando vulneran sus derechos , o denigran la dignidad de los mismos .
Estoy de acuerdo con lo que plantean muchas de los compañeros que llaman a esta sección. El organo de Base aqui en la dirección de deportes del Municipio Jesus Menendez, parece un apéndice de la administración . Y expreso mi solidaridad con la compañera que dijo que las leyes existen pero los violadores tambien y a veces se irradia un criterio errado que después es compartido por diferentes dirigentes del municipio, tanto politicos como administrativos . Por ejemplo aqui en el municipio Jesus Menendez en la dirección de trabajo me dijeron que los jubilados reincorporados no tenemos derecho a formular contratos indeterminados y yo lei un escrito en el periodico trabajadores de la copañera Judelvis Alvarez Fonseca , Directora Jurídica del MTSS que no se deben hacer contratos determinados en plazs permanentes vacantes que deben ser indetermnados
les escribe un trabajador, que ocupa el cargo de Esp. C en inversionista en el hospital general docente octavio de la concepcion y de la pedraja en baracoa guantanamo que acaba de ser sancionado, a separacion definitivo del cargo , simplemente porque una visita dei administrador del Hospital general Provincial en visita a nuestro centro me solicito varios dccumento del proceso inversionista las cual algunos se los enseñe otros les plantee que los poseia el constructor como es libro de obra , proyecto y las licencia de construcion , plantea en la sancion que por neglicencia mia la obra estaba paralizada es decir estoy en reparacion la sala de terapia de adulto que por ese motivo afectaba la calidad de los servicio prestado en la entidad, en el me de noviembre me consta en documento emitido por el constructor que paraliza la obra por falta de recursos , ya en el 2020 la obra iniciaba para el mes de marzo , cosa que se inicio en fecha con algunos trabajos de enchapes , pero al inicio de la covid-19 se retiran estos trabajadores mayores de 60 años hasta nuevo aviso pero continue laborando a media maquina con algunos detalles sencillos con un albañil que radicaba cerca de la obra , ya en el mes de abril continue con el montaje de parte del falso techo con tornillos y espacinadores consegido por mi con ayudas de algunos compañeros y algunos tramos de alambres para amarrar dichos falso techo, ya en el mes de mayo la empresa retira a es compañero por decision de la misma porque plantearon que no se poseia presupuesto para pagar , cosa que no fue cierta porque nunca conciliaron , apesar de que su contrato estaba vigente ellos emitieron un suplemento para el mes de mayo explico esto porque es injusto lo sucedido por la administracion del centro .
Para que se planteamiento sea atendido y tramitado por el Departamento Buzón Abierto del periódico Trabajadores, puede enviarlo al correo electrónico buzon@trabajadores.cu
Hola buenas yo tengo una duda quisiera saber si me pueden ayudar, no se si ustedes atienden casos así…
A mi en mi trabajo me pusieron una medida disciplinaria a la cual yo reclame en primera y segunda instancia, de la cual no he tenido respuesta alguna de la segunda reclamación, según la R/25 del reglamento disciplinario de trabajadores civiles se las FAR, me deben dar respuesta en 30 días hábiles, ya han pasado 4 meses desde entonces y nada de respuesta…
Entonces mi duda es… si fuera el caso de que yo no cumpliera con el termino establecido para reclamar que son 10 días hábiles pierdo Todo el derecho y me tengo que quedar con la medida impuesta hasta ahí yo entiendo, que pasa cuando la otra parte no cumple con el termino establecido para darme una respuesta, que debo hacer, como debo proceder..
Yo se que con la pandemia todo cerró y hasta ahí estoy clara, a mi debían dar respuesta el 12 de marzo y el cierre por la pandemia día a partir del 13 de marzo o sea que no tienen porque demorar porque mi reclamación la hice el 4 de febrero. Porfa creen que me puedan aclarar esa duda.
Atentamente yany
Envié su planteamiento a Buzon Abierto cuyo correo es buzon@trabajadores.cu
conozco un caso bien de cerca en el que un trabajador de la empresa electrica, trabajador de la oficina comercial de almendares la que pertenece al OBE de PLAYA que desde el 12 de febrero de este año esta en espera de que el OJLB de esa entidad lo cite para la vista de una reclamacion, el trabajador fue a trabajo de playa a la fiscalia y el director de esa entidad no se ha pronunciado ante las solicitudes y llamadas que le han realizado estos organismos, hasta donde puede llegar la falta de respeto de ese director y la violacion que comete de los derechos de ese trabajador.Tal vez no sabe el papel que desempeña la administracion en estos casos porque hay muchos dirigentes que no saben como funciona el OJLB, los ponen a dirigir y no les dan ni un curso de educacion formal, ni como tratar a los trabajadores es una verdadera pena que de cierto modo hayan dirigentes que muy sutilmente esten acabando con todo lo que hemos logrado.
http://www.trabajadores.cu/20180701/conflictos-pueden-acabar-donde-comenzaron/
¿Puede el OJL dictar separación del cargo contra un jefe abusador, falta de ética, y cobarde?
Un jefe puede no sancionar, pero tomar medidas que afectan gravemente al trabajador, sin que este pueda defenderse. En este caso no basta reponer las afectaciones al trabajador, hay que indemnizarlo, pero lo más importante, hay que sacar la lacra que contamina el poder.
¿A donde dirigir la reclamación, para que destituyan a un jefe que viola abiertamente el código de ética de los cuadros?
¿Cuál es el deber del Sindicato cuando un jefe irrespeta el código de ética?
¿Qué se puede hacer para que esto no quede en un comentario a Trabajadores?
¿A qué autoridad Sindical, y/o Legal, pueden dirigirse preguntas de interés para que sean respondidas?
Un jefe que irrespeta el código de ética y daña a un trabajador, no puede ser jefe.
Esta es una sociedad de y para los trabajadores, y es un país de ética.
Los organos de justicia no tienen facultad para conocer de la imposicion de medidas dicisplinarias de los dirigentes y funcionarios , excepto ante violaciones de los derechos laborales reconocidos en la legislacion .
Después de 20años de servicio a esta revolución de la que me he sentido orgullosa sin manchas ni sanciones sino una intachable labor de cuadro y dirigente en el hospital de Palma Soriano hoy estoy siendo víctima de las arbitrariedades del Director de esta entidad sin que se tome en cuenta todas las quejas y pruebas emitidas en aras de demostrar su abuso e inmunidad ante todos las injusticias que comete yo pregunto si aún queda en mi Cuba bella un órgano dispuesto en verdad a hacer justicia
TODOS TIENEN RAZÓN, PERO NO ES EL OJL, SON LOS JEFES, QUE SON DUEÑOS, Y DIRIGEN AL PARTIDO, AL SINDICATO, A LA UJS, Y HASTA LOS OJL, PERO LO PEOR, ES QUE SE LO PERMITEN
Felicitaciones al Órgano de Justicia Laboral (OJL), del Hospital Miguel Enríquez, de la Habana
Hace mucho tiempo que conozco el bufete que atiende los procesos laborales, muy cerca de tulipán y Boyeros, y he podido escuchar cómo va en ascenso, los procesos de reclamación de los trabajadores, por injustas sanciones administrativas, que actúan de forma arbitraria, faltando a la ética de cuadros, y al Concepto de Revolución, que todos firmamos, comprometiéndonos con nuestro Comandante.
Hay que ser parte de uno de esos casos, para saber el desgaste que le producen a las personas, la inestabilidad emocional, los malos momentos, la afectación económica, y sobre todo la afectación moral, ante la familia y sus compañeros de trabajo, sobre todo cuando sabemos que se ha sido injusto y se ha obrado de mala fé y con abuso de poder.
Pero gracias a que existen esos abogados que se dedican a orientar y a impulsar a quienes buscan la justicia, es menor el tiempo sufrido.
Y también gracias a los OJL, que sin recibir salario por esta tarea, de búsqueda de justicia, dedicándoles horas extras, fuera de su contenido de trabajo, el trabajador, recibe el lugar que le corresponde, el derecho al trabajo y El RESARCIMIENTO del SALARIO DEJADO DE PRECIBIR, en ese período.
Soy Ingeniera civil, Inversionista del Hospital Miguel Enríquez, y hace menos de 3 días terminó un proceso muy importante para mí y mi familia, fui sancionada a Separación Definitiva de la Entidad, y tuve la oportunidad de trabajar en mi defensa, fueron días de reunir pruebas documentales y testificales, pero sobre todo, tuve la satisfacción, de encontrar un OJL, de leyes, de criterios sólidos, de valentía, un Órgano JUSTO.
Es de admirar el comportamiento de estas compañeras y compañeros, pacientes, tranquilos, que supieron escuchar, analizar y encontrar la justicia.
Coincide que su Presidenta, es la Jefa de Atención a la Población, a la vi por mucho tiempo cumplir con su trabajo, investigando y dando respuesta a las quejas e inquietudes de pacientes y familiares.
Eso es hacer y cumplir con el Concepto de Revolución de nuestro eterno Comandante: cambiar todo lo que debe ser cambiado, ser tratados y tratar a los demás como seres humanos, es convicción profunda de que no hay fuerza en el mundo capaz de aplastar la fuerza de la verdad y las ideas.
Nuestro Presidente Diaz Canel dijo:
“Llamo también la atención de aquellos funcionarios que consideran que determinados asuntos no se corresponden con su jerarquía.
Quien tiene a mano la más rápida y eficiente solución a un problema no tiene por qué minimizarlo ni delegar su solución bajo consideraciones jerárquicas o sectoriales. Todos somos servidores públicos.
Quienes están en capacidad de resolver algo, tienen también el deber de no dejarlo a otros. Detrás de cada problema hay un cubano o una cubana que necesita atención. Recuperar la sensibilidad y ponerla de moda es palabra de orden”
Y eso es lo que hace ese OJL del Hospital Miguel Enriquez, los felicito, y los exhortos a continuar trabajando así, cumpliendo el deber de no plegarse a los más fuertes, a los que no piensan en hacer el bien, a los que trabajan porque avance la Revolución y mantener las conquistas de nuestro pueblo
Muchas gracias,
Ing. Alina Beatriz Almaguer González
Especialista en Inversiones
HME
Cuba es un país donde todo esta legislado, es una pena que a pesar de eso las administraciones, proceden como si las empresas fueran particulares ellos violan impunemente la disciplina laboral de todas las maneras y él organismo superior hace él de la vista gorda, él dicho es se tapan con la misma sabana, para ellos la ley es la del mas fuerte, él órgano de justicia, celebra vistas hasta de 50 días y mas después que él obrero hace la reclamación, permiten y ponen En él acuerdo, mentiras, Tienen falta de preparación, mi criterio es que muchas empresas, andan manga por hombro, se pudiera enumerar muchas cosas mas del órgano y las administraciones, el municipio manatí adolece de este mal esto parece una isla aparte y a la deriva, necesitamos de la dirección del país, esto es un globo inflado,
Los Órganos de Justicia Laboral NUNCA le quitan la razón a los jefes que te imponen medidas injustamente y en muchas ocasiones te dan las respuestas fuera de término. Cuando el trabajador denuncia hechos extraordinarios hacen casos omisos y al final es el trabajador quien sufre las consecuencias.
Yo formaba parte de un órgano de justicia laboral en el cual funcionaba bastante bien,pero la situación estaba que la admon procedía con abuso de poder y en todo este periodo no gano ningún proceso así todo apelando a los tribunales se ratificaba la decision del organo. La dirección decidió desactivar el órgano aprovechando la renuncia del sustituto del presidente y que la presidenta se encontraba operada. La admon creo otro órgano y parece que sin consulta con los miembros anteriores la dirección de trabajo se lo acepto. No entiendo. Estos echos no se dejan de abuso del cargo se permiten esto es lo más parecido a la corrupción de la mafia. Si no se responde a los intereses de la admon o te sustituyen o te hacen que te vayas del centro. Yo considero que los órganos son una falsa.
Los OJLB, por lo menos en mi provincia, son puro engaño; nada que ver con la justicia, en verdad. No existe uno que se vaya en contra de las Administraciones y no importa que lo integren el sindicato, el PCC o cualquier trabajador destacado… Lo digo por experiencia propia.
Las leyes existen, pero los violadores tambien.
La prepotencia, corrupcion e impunidad de muchos administradores de empresas que actuan como dueños, ponen una barrera entre las leyes y la justicia. Todo el que ponga en peligro su status, tratan de eliminarlo. Me pregunto, Se considera el acoso psicologico de jefes sobre sus subordinados para sacarlos de su entorno como un deleito laboral?
Es etico que un jefe grite, golpee el escritorio y falte el respeto a sus cubordinados?
Esos jefes abundan, se tragan al de menor rango,pero con los superiores son sumisos,no respetuosos, sumisos
cuando la administracion dicta esa es siempre la que tiene la razon, ya que en las empresas que tienen comite de experto es una propuesta al director y si el director te puso la medida quien tiene valor para cambiarla nadie y siempre sufre el trabajador porque se le resaltan las cosas malas no las buenas que hizo nunca hay atenuantes.
El trabajo de los OJLB es complejo y más ahora como mínimo son de cinco a siete sus integrante, yo siempre he dicho que el problema de los OJLB no estaba en el número de sus integrante anteriormente era tres, era más fácil celebrar las vistas laborales, hoy se torna complejo realizar una vista laboral, existe interpretaciones torcidas en su integrante como me eligieron los trabajadores yo defiendo al trabajador o viceversa a la Admón, el OJBL le debe obediencia al imperio de la Ley, guste o no . El Parlamento y los estudioso de este tema deben revisar de reducir a tres los integrantes como lo establecía el Decreto Ley 176
Por favor, podrian hacerme llegar el reglamento de funcionamiento de los OJL. Gracias.
El funcionamiento de los Organos de Justicia , se encuentra establecido tanto en nuestro Codigo de Trabajo , como en su Reglamento .
Saludos , Luis
Es cierto que los OJLB. no en todos los lugares son funcionales, esto se debe a la poca preparación jurídica de las personas que lo integran, muy particularmente en el Policlínico Octavio de la Concepción y la Pedraja. Camajuaní Villa Clara este está muy bien fundamentado y es imparcial, la razón siempre es de quien la tenga. Los miembros del órgano si desconocen de leyes imposibles detallar en cada una de las reclamaciones que este recibe, no siempre el trabajador tiene la razón, pero si la administración se equivoca para eso tienen asesores jurídicos que lo menos que hacen es la función de asesorar. Por otra parte el trabajador que se deje engañar es porque quiere ya que el código está bien claro, cada centro tiene su propio reglamento disciplinario que es aprobado por nosotros los trabajadores y no sabemos ni lo que dice y para qué hablar de las funciones. Estamos acostumbrados a firmar papeles sin saber lo que dice. Preocupémonos por saber más de leyes y estaremos más complacidos
La funcion metodologica de capactiar y orientar a los Organos de Justicia , corresponde a los Especialistas Municipales en esta materia de las Direcciones Municipales de tRABAJO .
sALUDOS ,
Luis
Arturo Manuel, Desearía me enviara esos materiales vía correo.
amayo@nicaro.conam.cu
Gracias
yo no creo mucho en ese organo por que hasta hoy para resolver mis problemas he tenido que escribir a la habana y todo satisfactorio yo soy de las que pienso que ese organo son como los asesores juridicos de las empresas avileñas que son papalotes de la administracion, ellos son los que dirigen todo y ya, como si las empresas fueran particular de ellos.
Yalina para que tienes que resolver tus problemas en La Habana, si las leyes son únicas en nuestro país, te recomiendo que te compres el código del trabajo,revises el reglamento disciplinario de tu trabajo y veas los protocolos, con esto en manos tu sólita te podrás defender ya que nadie esta autorizado a escribir sobre la ley. el que lo haga esta violando
El papel fundamental de los organos de justicia es impartire justicia , debo aclararle que desde que se establecio el Sistema de Justicia Laboral en nuestro pais , dichos organos han resuelto discimiles de reclamaciones , incluso en su mayoria han sido favorecidos los trabajadores , asi como en varios casos las reclamaciones de estos han sido ratificadas por los Tribunales .
Los organos han tenido un papel fundamental en las reclamaciones tanto de siciplina , como de derechos , pues sus miembros actuan acorde con lo legalmente establecido , aun y cuando a algunas personas no reconozcan la labor intachable de todas las personas que trabajan en esta actividad .
A ellos, mis respeto.
En la mayoría de los casos los OJL no quieren buscarse problemas con la administración y dejan que se cometan violaciones fragantes, en otros se forman con los que quieran ser que por lo general nadie quiere.
TOTALMENTE CON LA CREACION DEL ORGANO DE JUSTICIA LABORAL, ES DONDE EL TRABAJADOR TIENE DERECHO A RECLAMAR CUANDO PIENSA QUE SE COMETE INJUSTICIAS A SANCIONES IMPUESTAS POR LA ADMINISTRACION. PERO POR LA EXPERIENCIA LABORAL POR LOS AÑOS DE TRABAJO NO SIEMPRE FUNCIONA CORRECTAMENTE POR QUE MUCHAS VECES EL QUE DEBE REPRENTAR A LOS TRABAJADORES ESTA CON TODO LO QUE DICE EL MAXIMO DIREGENTE DE LA ENTIDAD ES COMO SI LO QUE DICE EL DIRECTIVO ES LEY Y ES LA PURA VERDAD. SE HA MANEJADO DE UNA FORMA QUE DAN GANAS DE MARCHARSE DEL LUGAR Y EL SINDICATO SIN PALABRAS.
Escribí materiales para la capacitación de los órganos de justicia laboral que he ofrecido en diferentes instancias,aunque me parece que ignorados por quienes los recibieron. Le propongo a este articulista hacérselos llegar vía correo electrónico,sin interés alguno,salvo su divulgación entre potenciales interesados.Quedo a la espera.
y cuales fueron esos materiales un saludo
Buenos días a todos,. als inconformidades de los trabajadores, afiliados todos a los sindicatos, quedan como telón de fondo ante la inmensa mayoría d ela reclamaciones que se hacen a los OJLB, la faltra de conocimiento d elas disposiciones legales, la imposición de medidas ya firmes e inamovibles por las adminisraciones, traen consigo la falta de credibilidad de los obreros hjacia dichos órganos e incluso a otros de mayor rago y competencia, la justicia queda coja, el trabajador queda inconforme, ultrajado y afectado así como su familia. Experiencias tengo varias, quien aplica una medida o sanciona es quien viola, ene stos casos el trabajador se siente como Cuba en un mundo hostil, en que el imperio hace caso omiso a las normas internacionales, excluido, engañado, maltratado; así queda el trabajador, porque la adminstración se ha apoderado de la justicia y solo ellos tienen la razón.